La SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto
Con 10 votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto. El Pleno invalidó el Artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que imponía la pena de hasta tres años de cárcel a la mujer que se practicara un aborto, o a la persona que la ayudara con su consentimiento.
También se invalida el Artículo 195, el cual señalaba que “comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo”; en este caso, siete ministros votaron a favor.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, afirmó que con la decisión no solo se invalidan las normas que fueron discutidas, sino que establece un “criterio obligatorio para todo los jueces y juezas del país”.
“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional.
“A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, claridad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, su dignidad y el pleno ejercicio de sus derechos”, dijo.
Durante el segundo día de discusión, el ministro José Fernando Franco y la ministra Margarita Ríos-Farjat se pronunciaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto.
Ayer, ochos de los ministros se posicionaron a favor del proyecto. El ministro José Mario Pardo no estuvo presente la discusión.
Con información de Animal político.↵
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