Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022”
Tiene como objetivo contribuir a la generación y consolidación de fuentes de trabajo dignas entre las personas habitantes de la Ciudad de México, ofreciendo como alternativa de organización a las sociedades cooperativas, quienes por sus características favorecen tanto el desarrollo económico como el social de sus socios y socias, por lo que se plantea brindar servicios de asesoría, capacitación o asistencia técnica especializada, además de apoyos económicos para la adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios enfocados a fortalecer procesos productivos, de comercialización y/o de promoción.
El Programa se divide en dos Subprogramas:
Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias
Tienen como principal objetivo fomentar e impulsar la creación y constitución empresas sociales y solidarias mediante un apoyo económico directo e indirecto.
Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias
Brindar a empresas sociales y solidarias ya constituidas servicios de asistencia técnica especializada y/o apoyo para la adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios enfocados a fortalecer procesos productivos, de comercialización
Reglas de operación:
MTRO. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN, Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en los artículos: 25 párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 fracción V, 5 fracción IX, 10, 14 fracción V, 33, 34 y 35 de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 2, 3, 4 fracción IV, 6, 8, 9, 10, 11, 42 fracción V, 44 fracción VI, 45 fracción III y 48 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía; 1, 2, 3, 5, 6, 8, 12 último párrafo, 13, 21 fracciones I y II y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas; 1 numeral 5, 3 numeral 2 inciso a), 7 apartado A, punto 1 y apartado B, 10 apartado A, apartado B, apartado D, 11 apartado A y apartado B numerales 1 y 2 inciso a), 17 apartado A numeral 1, incisos a), e) y g), apartado B numeral 3, inciso b) e inciso d), numerales 7 y 9, así como 59 apartado F, numeral 3, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11 fracción I, 13, 14, 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX y 41 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción XVII, inciso B), 221 fracciones XI y XII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 1, 4 fracciones I y III y 50 de su Reglamento; 1, 2, 3 fracción I, 4, 5, 7, 9 inciso A) fracciones I, II y III, 12, 16, 18, 19, 20, 22 y 23 de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal y 1, 4 primer párrafo, 6 fracciones IV, VI y XV, 11 y 13 fracción V de su Reglamento; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 31 del Reglamento para someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la creación y operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal, así como en el Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrán consultarse los Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2022, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de noviembre de 2021; y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 25, párrafo octavo, prevé como imperativo, el establecer mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social, en cuyo mandato, se encuadra el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), para el ejercicio fiscal 2022. Que la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, reconoce en su artículo 44 fracción I, el derecho de los organismos del sector, a ser sujetos de fomento y apoyo a sus actividades económicas por parte del Estado. Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 9, apartado A, numeral 1, establece que: las autoridades adoptarán las medidas necesarias para que progresivamente, se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza, y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales.
Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 10, apartado B, numeral 11, establece que, las autoridades impulsarán la constitución y funcionamiento de cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización productiva del sector social de la economía, que contribuyan al desarrollo económico de la Ciudad y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes.
Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 10, apartado E, numeral 3, establece que: las autoridades de la Ciudad de México estimularán y apoyarán los cultivos agropecuarios tradicionales, la organización familiar y cooperativa de producción y su transformación agroindustrial, así como las actividades en las que participen para realizar el aprovechamiento racional y tecnificado de las reservas forestales y la zona lacustre en los términos de la legislación aplicable y los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano. Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 17, apartado B, numerales 3.b y 3.d, establece sustancialmente que: las instituciones gubernamentales proveerán, bajo las modalidades que dicte el interés público, lo necesario para que: la empresa, la acción comunitaria y de cooperativas, las organizaciones sociales y colectivas de productores, comerciantes y consumidores sean objeto de fomento y apoyo, y se impulse al sector social y solidario de la economía a través de políticas para su constitución, desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades y competencias; previendo en su numeral 7, que: las autoridades de la Ciudad promoverán el fortalecimiento de la economía social y solidaria.
Que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, en su artículo 41 párrafos primero y segundo fracción VII establece que, a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, protección y defensa de los derechos humanos laborales, promoción del trabajo digno, previsión social y protección social al empleo, así como implementar acciones que favorezcan e incrementen el impacto económico de la organización social para y en el trabajo, mediante esquemas de autoempleo y cooperativismo.
Que la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal, establece en su artículo 9 inciso A) fracción II, que corresponde a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, impulsar las actividades de fomento cooperativo y proporcionar asesoría, capacitación y adiestramiento para la constitución, consolidación, administración y desarrollo de las Sociedades Cooperativas, así como para la producción, comercialización y consumo de bienes y servicios.
Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, establece en su artículo 34 fracción I y 51 de su Reglamento, que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de cada año, las Reglas de Operación de los Programas Sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas.
Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) observa que actualmente en la sociedad prevalece un mayor reconocimiento del valor a la individualidad y la competencia, y que la cooperación aumenta las posibilidades de que las empresas permanezcan en el tiempo y superen las crisis y los impuestos. En ese sentido, señala que, las sociedades cooperativas, como parte de la economía social son ejemplares medios para la consecución de la justicia social, del cuidado de las personas, de la resolución de necesidades de manera colaborativa, del cuidado del ambiente y el entorno, de las prácticas éticas en la economía y de una contribución que incide directamente en la reducción de la brecha de desigualdad.
Que la información derivada de la operación de Programas, debe ser accesible y visible al gobernado en todo momento.
Por lo que; con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “ECONOMÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2022” (ECONOMÍA SOCIAL CIUDAD DE MÉXICO), Y EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER CONOCIDA SU PRIMERA CONVOCATORIA.
1.- Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable 1.1. El Programa se denomina: PROGRAMA “ECONOMÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2022” (ECONOMÍA SOCIAL CIUDAD DE MÉXICO).
1.2. La Dependencia responsable de la ejecución del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) en sus dos Subprogramas: “Creación de Empresas Sociales” y “Fortalecimiento de Empresas Sociales”, así como de la aplicación de las presentes Reglas de Operación, es la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo a través de la Dirección General de Economía Social y Solidaria.
1.3. La unidad administrativa responsable de la ejecución del gasto, será la Dirección General de Economía Social y Solidaria, y como unidades administrativas responsables de la operación del Programa: la Dirección de Fomento al Cooperativismo, a cargo del Subprograma “Creación de Empresas Sociales” y la Dirección de Atención a Cooperativas, a cargo del Subprograma “Fortalecimiento de Empresas Sociales”.
2. Alineación programática
2.1 El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), guarda relación con los ejes y líneas de acción del Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024, alineándose al Eje 2: “Ciudad Sustentable”, sub eje 2.1 “Desarrollo económico e incluyente y generación de empleo”, numerales 2.1.3 “Fortalecer la economía social y el emprendimiento” y 2.1.7 “Derechos humanos y empleo”.
2.2 El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), busca contribuir a satisfacer derechos sociales reconocidos internacionalmente y por las leyes aplicables en la Ciudad de México, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 10 “Ciudad Productiva” apartado A Derecho al desarrollo sustentable, que establece: toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como a su apartado B “Derecho al trabajo”, numeral 11, que refiere: las autoridades impulsarán la constitución y funcionamiento de Cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización productiva del sector social de la economía, que contribuyan al desarrollo económico de la Ciudad y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes; a su artículo 10, apartado E, numeral 3, que establece: las autoridades de la Ciudad estimularán y apoyarán los cultivos agropecuarios tradicionales, la organización familiar y cooperativa de producción y su transformación agroindustrial, así como las actividades en las que participen para realizar el aprovechamiento racional y tecnificado de las reservas forestales y la zona lacustre en los términos de la legislación aplicable y los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano y al contenido general de su artículo 17 pero concibiendo un énfasis en su apartado B, numeral 3 incisos b y d, que establecen: que las instituciones gubernamentales proveerán, bajo las modalidades que dicte el interés público, lo necesario para que la empresa, la acción comunitaria y de cooperativas, las organizaciones sociales y colectivas de productores, comerciantes y consumidores sean objeto de fomento y apoyo, y se impulse al sector social y solidario de la economía a través de políticas para su constitución, desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades y competencias; previendo en su numeral 7, que: las autoridades de la Ciudad promoverán el fortalecimiento de la economía social y solidaria; así como aquellos principios configurados en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, tales como: universalidad, igualdad, equidad de género, equidad social, justicia distributiva, diversidad, integralidad, territorialidad, exigibilidad, participación, transparencia, efectividad y protección de datos personales, establecidos en el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.
Asimismo, el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), da cumplimiento a la atención de los grupos prioritarios mencionados en el artículo 11 “Ciudad incluyente”, apartado A, en donde se especifica: “La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales; reconociendo como grupos de atención prioritaria, a los establecidos en el artículo 11 “Ciudad incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México: las mujeres, las personas jóvenes, las personas mayores, las personas con discapacidad, las personas LGBTTTI, de las víctimas (en tanto y en la medida que su inclusión no represente una modalidad de revictimizarlas), las personas en situación de calle (en tanto y en la medida que su inclusión se alinee al marco normativo), las personas privadas de su libertad (en el reconocimiento del derecho a la reinserción social, apoyando el sentido digno de vida a la conclusión de sus sanciones), las personas que residen en instituciones de asistencia social, las personas afrodescendientes, las personas de identidad indígena.
En el mismo sentido, el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), contribuye a la consecución de las metas generales y específicas de los compromisos de la Agenda 2030 para el cumplimiento del Compromiso del Estado Mexicano de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, como son el Objetivo 1 Fin de la Pobreza, el Objetivo 4 Educación de Calidad, el Objetivo 5 Igualdad de Género, el Objetivo 9 Industria, Innovación e Infraestructura, el Objetivo 13 Acción por el Clima y el Objetivo 17 Alianza para lograr los Objetivos. Principalmente contribuyendo a lo relacionado con el Objetivo 8 “Trabajo decente y crecimiento económico”, donde se genera mayor impacto, específicamente en la meta 8.3, la cual refiere: “promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros”.
3. Diagnóstico
3.1 Antecedentes
El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) tuvo como primer antecedente, el “Programa para la Promoción, Fortalecimiento e Integración Cooperativa” (PPFIC), creado en el año 2012, con el objetivo de: “contribuir a la consolidación de los empleos generados por las Sociedades Cooperativas del Distrito Federal, enfocadas a la producción de bienes y/o servicios, mediante acciones de promoción y fortalecimiento”, otorgándoles un apoyo económico de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.). El PPFIC continuó operando durante los ejercicios fiscales 2013 y 2014, presentando una variante en este último año, debido a que los apoyos se dividieron en dos Subprogramas, la primera dirigida a Sociedades Cooperativas de reciente creación y la otra, focalizada a Cooperativas constituidas legalmente y con su órgano de administración vigente, que demostraron tener actividad de operación y domicilio social y fiscal en el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); por lo que durante sus tres años de operación (2012 a 2014), el PPFIC benefició a un total de 257 Cooperativas.
En 2015, el Programa cambia de nombre y se denomina: “Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México” (Cooperativas CDMX), cuyo objetivo fue: “Fortalecer a cuando menos 80 Sociedades Cooperativas del Distrito Federal y contribuir a mejorar sus procesos de operación, administración y funcionamiento mediante la realización de actividades de educación cooperativa y el otorgamiento de apoyos económicos”. Para tal cometido, se implementaron dos Subprogramas de apoyos: el primero para asesoría, capacitación, consultoría y/o asistencia técnica y el segundo, para adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios enfocados a fortalecer procesos productivos, de comercialización y/o de promoción.
Para el ejercicio fiscal 2016, Cooperativas CDMX operó a través de dos Subprogramas: siendo el primero: Impulso Cooperativo, dirigido a Organizaciones Sociales interesadas en constituirse como Sociedad Cooperativa y el segundo: Fortalecimiento Cooperativo, dirigido a Sociedades Cooperativas formalmente constituidas que deseen fortalecer sus procesos productivos de comercialización y/o de promoción.
En el ejercicio fiscal 2017, el Programa se denomina “Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México” (Cooperativas CDMX 2017), continuando en 2018, como “Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México” (Cooperativas CDMX 2018), instrumentados en este último, los Subprogramas de Impulso a la Formación de Sociedades Cooperativas y Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas; lo que significa que al cierre del periodo 2015-2018, fueron beneficiadas 1,091 Cooperativas y que durante el sexenio comprendido del 2012 a 2018, se beneficiaran alrededor de 1,348 Cooperativas, en sus dos Subprogramas.
En 2019, el Programa “Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México” (FOCOFESS 2019), aumenta considerablemente sus metas físicas y financieras, estableciéndose inicialmente beneficiar a 2,200 Empresas Sociales y Solidarias, con hasta 1,400 Empresas Sociales y Solidarias, para el Subprograma “Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias” y hasta 800 Empresas Sociales y Solidarias, para el Subprograma “Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias.
Durante el ejercicio 2020, el Programa conserva su denominación “Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México” (FOCOFESS 2020); estableciéndose ahora como meta inicial, beneficiar hasta 689 Empresas Sociales y Solidarias, para el Subprograma “Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias” y hasta 353 Empresas Sociales y Solidarias, para el Subprograma “Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias”; sin embargo, dicha meta se vio disminuida posteriormente, a razón de una reorientación del presupuesto hacia otros Programas de la Secretaría, que permitieran apoyar en una forma mucho más inmediata a la sociedad, con motivo de la emergencia sanitaria declarada en la Ciudad de México, desde el mes de marzo de 2020, sumándose a esto las dificultades de instrumentar el Programa en tales condiciones y la tarea de concluir procedimientos pendientes del ejercicio anterior.
Finalmente, para el Ejercicio 2021 se mantuvo la denominación “Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México” (FOCOFESS 2021) con una meta física total de 718 Empresas Sociales y Solidarias beneficiarias del Programa, de las cuales se estableció una meta de 505 beneficiarias para el Subprograma “Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias; y 213 beneficiarias para el Subprograma “Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias”, metas que se mantuvieron durante todo el Ejercicio.
3.2 Problema social atendido por el Programa
El problema social que atiende el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), son las deficiencias y complicaciones en las capacidades organizativas, de gestión y de financiamiento que presentan las organizaciones de la Economía Social y Solidaria que operan en la Ciudad de México, para su constitución formal y consolidación como fuentes alternativas de trabajo y empleo dignos, sustentables, conectados con la comunidad y el mercado.
3.2.1 Las causas centrales de la problemática en la articulación adecuada del trabajo organizado como empresa social, son las tendencias de la historia reciente de políticas públicas orientadas a la individualidad y la competencia en detrimento del trabajo solidario que coloca a las personas como el centro del proceso productivo y que “tiene por objeto proporcionar a sus miembros y comunidades bienes y servicios y a menudo están dirigidas por la comunidad o son de su propiedad, se inclinan a hacer frente a los desafíos tanto del cambio climático como de la reducción de la pobreza”. (OIT).
En la Ciudad de México las Unidades Económicas de menos de 10 personas ocupadas son la fuente predominante de empleo. Por ejemplo, en la industria manufacturera significan casi el 90% (88.2%), en el comercio al por menor 94.5%; en la agricultura y ganadería, 88.3%; en la industria de la construcción 66.9%; en los servicios de salud y de asistencia social 92.1%; esto podría ser producto de la fragmentación y estandarización de las cadenas productivas en donde los grandes negocios con participación mayoritaria en el mercado agregan pequeñas unidades económicas como parte de sus procesos. De cualquier manera, esta situación produce una separación entre las fuentes de empleo y la distribución del mercado, creando, entre otras cosas, una fragilidad de los pequeños y micronegocios al no contar con conexión directa con el mercado.
3.2.2 Los efectos de esta problemática se han reflejado en la insuficiente cantidad y calidad del empleo, las crecientes desigualdades, el calentamiento del planeta y la migración, la insostenibilidad del actual sistema alimentario industrial, tienden a empeorar considerablemente con el individualismo y la perspectiva industrial. (OIT)
A efecto de identificar las principales problemáticas dentro de la gestión interna que presentan las Cooperativas que operan en la Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2019, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo realizó un estudio entre las cooperativas de la Ciudad de México, mediante el cual se obtuvo información sobre las Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México.
En este estudio se pudo observar que las organizaciones de la Economía Social y Solidaria, el 62% de sus ventas por socio, son menores a $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.) mensuales; el 78% no expide facturas; el 69% no se constituye formalmente como Cooperativa. Todos estos factores inciden directamente en su probabilidad de sobrevivencia como fuentes de trabajo y empleo. Las principales problemáticas a las que se enfrentan las sociedades cooperativas son: las limitaciones para su inserción en la economía formal, la baja productividad, la falta de capacitación, el reducido acceso a financiamiento.
3.2.3 La carencia de opciones laborales que mejoren las expectativas de ingresos de los trabajadores afectan directamente a la población en sus Derechos señalados en la Constitución Política de la Ciudad de México, tanto como a los mismos principios de Constitución de esta Ciudad, como son la justa distribución del ingreso, la dignificación del trabajo y el salario, como aquellos establecidos en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, de conformidad con los principios de igualdad, equidad de género y de equidad social, establecidos en el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente y aplicable en la Ciudad de México, el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) contribuirá al pleno ejercicio de los derechos de los grupos de atención prioritaria reconocidos en el artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México, entre los que se encuentran: Mujeres, personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas víctimas, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad (en proceso de reinserción social), personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes, personas de identidad indígena y personas de minorías religiosas; y/o personas connacionales que reingresan de manera forzada al territorio nacional de manera permanente, en atención al Acuerdo por el que se declara a la Ciudad de México una Ciudad Santuario.
3.2.4 La población potencial del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) es aquella que participa en Organizaciones Sociales y Cooperativas que realizan actividades de producción, distribución, comercialización y consumo de bienes y servicios en la Ciudad de México, constituidas o que estén interesadas en constituirse bajo ese esquema, que presenten capacidades organizativas y financieras limitadas, que dificulta a sus integrantes la obtención de un empleo digno e ingreso suficiente a través de la inclusión laboral y productiva en el sistema cooperativista.
Para determinar la magnitud de la población potencial, fue necesario consultar diferentes fuentes, toda vez que no se cuenta con información estandarizada, periódica o una fuente única para la identificación de sociedades cooperativas a nivel nacional o local; tales como, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), la cual señala que al 3er trimestre de 2021, del total de la población ocupada (4,393,859) el 30.7% laboran en empresas constituidas en sociedad y corporativas y existen 1,888,224 personas ocupadas trabajando en micronegocios y 882,354 personas trabajando en pequeños establecimientos, en ese mismo trimestre de 2021, existió un universo de 4,393,859 personas ocupadas, de las cuales, el 49.3% se encontraron dentro del sector informal, por lo que si bien, este concepto de “informalidad” comprende distintas modalidades, en éste se pueden conjuntar micronegocios u organizaciones sociales que no se encuentran registradas ante la autoridad tributaria e incluye a unidades económicas formales que no tienen acceso a la seguridad social, para las cuales el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), implicaría el acceso a la formalidad.
Desde la perspectiva de los negocios y empresas, desde las fuentes de estos empleos, en general la Ciudad de México, en todas sus demarcaciones es muy elevada la frecuencia de unidades productivas con pocos empleados, que van desde el 97% en Milpa Alta, hasta el 89.8% en Miguel Hidalgo.
3.2.5 Las capacidades organizativas, de gestión y financieras limitadas que presentan las Sociedades Cooperativas afectan la consolidación del esquema cooperativista como una opción de la inclusión productiva y laboral que genere ingreso mediante el trabajo digno, en condiciones socialmente aceptables; en consecuencia, las personas que realizan actividades en dicho sector, presentan el riesgo de percibir ingresos laborales insuficientes y que esto los coloque en situación de pobreza y de experimentar desprotección social al tratarse de trabajo en condiciones de informalidad. Adicionalmente, la consolidación de este sector de la economía permitirá el fortalecimiento del segmento que mayores fuentes de empleo proporciona a la Ciudad. A través de los apoyos otorgados por el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), se contribuirá a la Creación y Fortalecimiento de Empresas Sociales, mejorando con ello su capacidad de ser una fuente de empleos dignos.
Las cooperativas son el vehículo legal más afinado para el avance de estos principios; aunque no es limitado a las cooperativas, si son estas, la forma legal que les permite a las Empresas Sociales y Solidarias, insertarse en el mercado. De ahí que las deficiencias de las organizaciones sociales dedicadas a la producción, la comercialización o el consumo de bienes y servicios tengan un impacto en su probabilidad de supervivencia; y por tanto en su consolidación como alternativas –viables—al empleo y el trabajo decentes y dignos.
3.2.6. El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), presenta coincidencias con la población objetivo del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México (FONDESO), específicamente, en el componente de financiamiento para Sociedades Cooperativas. A través de dicho fondo, los recursos que se otorgan son en la modalidad de crédito, lo cual implica no incurrir en duplicidades, toda vez que los apoyos económicos otorgados mediante el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) son a fondo perdido, sujeto a comprobación.
De igual forma, se encuentran algunas coincidencias con el programa “Educación para la Autonomía Económica” en los Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES) de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, que impulsa el autoempleo y el cooperativismo, principalmente de las mujeres jefas de familia, por medio de acciones educativas y de formación para promover el fortalecimiento económico; sin embargo, no otorga beneficios o apoyos financieros para la consolidación y conformación formal de cooperativas.
Adicionalmente, el Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), tiene similitudes con el programa social “Cultivando Economía Sustentable y Solidaria”, el cual opera únicamente en la Alcaldía de Tlalpan y su población objetivo está constituida por Sociedades Cooperativas y micro, pequeñas y medianas empresas. Por tanto, aunque hay limitaciones, el alcance territorial del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), es más amplio y no considera a empresas mercantiles ajenas al sector social de la economía.
Dadas las características del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), no existe duplicidad en los objetivos y alcances respecto a otros programas sociales.
4. Estrategia general, objetivos y ejes de acción
4.1 Estrategia general
Contribuir a la promoción, integración y consolidación de sociedades cooperativas basadas en principios democráticos, solidarios, participativos y de reciprocidad; mediante el otorgamiento de transferencias monetarias y de servicios para facilitar el establecimiento formal de cooperativas, así como para mejorar las condiciones de gestión y productividad de las sociedades. 4.2 Objetivo general
El objetivo general del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) es promover el crecimiento de economías inclusivas que puedan satisfacer las necesidades de la creciente población, así como generar opciones de inclusión productiva y laboral que contribuyan al acceso al derecho al empleo digno, procurando el desarrollo económico sustentable de los trabajadores de la Ciudad de México mediante el otorgamiento de 1425 apoyos a organizaciones sociales que desean constituirse formalmente o que ya se encuentren bajo la figura legal de Sociedad Cooperativa.
Lo anterior para mejorar las capacidades organizativas, de gestión y financieras de las Organizaciones pertenecientes al Sector Social de la Economía, que llevan a cabo actividades de producción, distribución, comercialización o consumo de bienes y/o servicios en la Ciudad de México para ser una opción de inclusión productiva y laboral que contribuya al acceso al derecho al empleo digno, procurando el desarrollo económico sustentable, obtenido a través de conjuntos de prácticas, iniciativas o experiencias que ponen al centro la satisfacción de necesidades humanas por encima del lucro.
A través del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) se busca constituir y consolidar al Sector Social de la Economía de la Ciudad de México.
4.3 Objetivos y ejes de acción específicos
4.3.1 Los objetivos específicos del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), son:
En el Subprograma de “Creación de Empresas Sociales”, se busca fomentar la constitución legal de hasta 950 Organizaciones Sociales que realicen actividades de producción, distribución, comercialización o consumo de bienes y/o servicios en la Ciudad de México, bajo un esquema solidario de participación en la toma de decisiones y reparto de las ganancias, con domicilio fiscal y comercial en la Ciudad de México, mediante un apoyo económico directo e indirecto total, por la cantidad de hasta $80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.) para contribuir a su constitución formal y ser fuente de inclusión productiva y laboral de sus integrantes, promoviendo un desarrollo económico sustentable.
En el Subprograma de “Fortalecimiento de Empresas Sociales”, se busca fortalecer hasta 475 Cooperativas, con domicilio fiscal y comercial en la Ciudad de México, que realicen actividades de producción distribución, comercialización o consumo de bienes y/o servicios en la Ciudad de México, mediante un apoyo económico directo e indirecto total, por la cantidad de hasta $120,000.00 (Ciento veinte mil pesos 00/100 M.N.) para contribuir a su fortalecimiento e incidir en su supervivencia.
4.3.2 Las acciones que permitirán alcanzar los objetivos del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) son:
Otorgar apoyos económicos indirectos, dirigidos a cubrir los gastos relacionados con:
-Dos asistencias técnicas especializadas en asesoría para la mejora del proyecto productivo, así como del plan de negocios.
-Si así fuere el caso, apoyo económico indirecto a fin de cubrir la constitución legal de la organización social como cooperativa ante notario público (es requisito indispensable para la entrega del apoyo económico directo, en el Subprograma de “Creación de Empresas Sociales”, la emisión del Acta Constitutiva ya sea ante Notario Público o por la Alcaldía en donde la organización social realiza su actividad principal, en la Ciudad de México).
Otorgar un apoyo económico directo, para la adquisición de herramienta, equipo o materia prima, relacionados con la actividad productiva de la Cooperativa.
4.3.3 Se pretende que a través del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), se fomente la equidad social y la igualdad sustantiva y contribuya a la eliminación de factores de exclusión o discriminación. La constitución y fortalecimiento de las Organizaciones Sociales y/o Cooperativas beneficiarias permitirá cerrar brechas de desigualdad para los grupos de población en situación de discriminación o en desventaja social. En un corto plazo se contribuirá a generar oportunidades de trabajo local y se encaminará hacia el trabajo digno a las personas beneficiarias, ya que la estructura horizontal y democrática de las Cooperativas, así como los principios y valores bajo los cuales operan, favorecen la protección social de las personas trabajadoras y el desarrollo de las comunidades en las cuales se encuentran insertas, contribuyendo así a la reestructuración del tejido social.
5. Definición de poblaciones objetivo y beneficiarias
5.1 La población objetivo del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) son conjuntos de personas agrupadas en organizaciones sociales y solidarias que realizan actividades de producción, distribución, comercialización y consumo de bienes y servicios en la Ciudad de México, que se encuentran constituidas como Sociedades Cooperativas o que están interesadas en constituirse bajo ese esquema, que presentan capacidades organizativas y financieras limitadas, que les dificultan la obtención de un empleo digno e ingresos suficientes a sus integrantes.
En la Ciudad de México, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, al tercer trimestre del año 2021, existe un universo de 4,393,859 personas ocupadas, de las cuales, 2,168,037 se encuentran dentro del sector informal (49.3%). La “informalidad” comprende a los micro y pequeños negocios que no cumplen o que cumplen parcialmente con los requisitos necesarios para la operación de un negocio (sin distinción del tamaño de la unidad económica); pueden encontrarse micro o pequeños negocios que no se encuentran registrados ante la autoridad tributaria o negocios que no cuentan con seguridad social, tanto para empleados como para patrones.
Para el mismo período, existen 1,888,224 personas ocupadas trabajando en micronegocios y 882,354 personas trabajando en pequeños establecimientos. Muchos de estos micronegocios u organizaciones sociales y familiares que integran un micronegocio tienen condiciones de subsistencia.
El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) apoyaría a estas organizaciones sociales o familiares para favorecer su acceso a la formalidad; siendo que el Programa ha contribuido a la consolidación de 1,131 organizaciones sociales y cooperativas que se constituyeron de manera formal, y que requerían ser fortalecidas.
5.2 La población beneficiaria del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), se compone por organizaciones sociales y sociedades cooperativas integradas por población preferentemente desempleada, con empleo informal o precario residente de la Ciudad de México, la cual se incorporará de la siguiente manera:
Subprograma: “Creación de Empresas Sociales”
Población Beneficiaria. – Hasta 950 Organizaciones Sociales que cumplan con los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en las presentes Reglas de Operación, en la Primera Convocatoria que puede consultada en el siguiente enlace electrónico: https://trabajo.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Convocatoria_Economia_Social_2022.pdf y/o en su caso en la(s) Convocatoria(s) que a efecto pudiera(n) ser emitida(s). Subprograma: “Fortalecimiento de Empresas Sociales”
.3 Cuando la población beneficiaria del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), sea menor a la población objetivo, se tomará en cuenta la focalización territorial, así como los criterios de priorización, establecidos en el apartado 9. Criterios de selección de la población beneficiaria, establecido en las presentes Reglas de Operación, en la Primera Convocatoria que puede ser consultada en el siguiente enlace electrónico: https://trabajo.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Convocatoria_Economia_Social_2022.pdf y/o en su caso en la(s) Convocatoria(s) que a efecto pudiera(n) ser emitida(s).
5.4 El Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), contempla dentro de su instrumentación, la incorporación de personas beneficiarias facilitadoras que presten determinados servicios, tales como: la realización de asistencias técnicas especializadas –personas asistentes técnicos- o para realizar diversas acciones asociadas con la planeación, operación, diagnóstico, supervisión, seguimiento, verificación, promoción y evaluación del Programa y el seguimiento de anteriores ejercicios; a los que se les denominará personas facilitadoras y personas coordinadoras territoriales; cuyas atribuciones, requisitos de acceso, actividades, formas de supervisión, tareas y responsabilidades, se encuentran enunciadas en las presentes Reglas de Operación y a mayor detalle, en los Lineamientos que pueden ser consultados en el siguiente enlace electrónico: https://trabajo.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Lineamientos_de_facilitadores_verificadores_del_programa_Economia_Soc ial_2022.pdf
VER CONVOCATORIA COMPLETA.↵
TRANSITORIOS
PRIMERO. – Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. – El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación y resultará aplicable para todos los trámites del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), iniciados a partir de su entrada en vigor; continuando su aplicación para todos aquellos trámites no concluidos al cierre del presente ejercicio fiscal.
TERCERO. – Los trámites del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México) correspondientes a ejercicios anteriores, que aún no se encuentren concluidos a la entrada del presente Aviso; se sustanciarán conforme a las disposiciones aplicables durante de su tramitación.
CUARTO. – Los casos no previstos en el presente Aviso, que se llegasen a presentar con motivo de la instrumentación del Programa “Economía Social de la Ciudad de México 2022” (Economía Social Ciudad de México), deberán turnarse a la persona Titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, quien asistida de la persona Titular de la Dirección General de Economía Social y Solidaria, resolverá en forma fundada y motivada, lo que en derecho corresponda; sin embargo, dicha determinación tendrá efectos únicamente para el caso en concreto.
Ciudad de México a 21 de enero de 2022.
(Firma)
MTRO. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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