Claves de la NOM-037 con las nuevas obligaciones para empresas y trabajadores

En diciembre de este año la norma de teletrabajo entrará en vigor, las empresas y los trabajadores asumirán nuevas obligaciones para prevenir riesgos de trabajo en esta modalidad.

La NOM-037 de Teletrabajo es el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud de las personas en trabajo remoto, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor en diciembre de este año.

La norma incluye un mecanismo de evaluación para que las empresas determinen si el espacio laboral del empleado cuenta con las condiciones óptimas y ofrece un piso mínimo de elementos que debe considerar una política de teletrabajo, la cual será obligatoria.

Esta regulación es parte de la familia de Normas Oficiales Mexicanas en Seguridad y Salud en el Trabajo, a la cual pertenece la NOM-035. La regulación será de aplicación obligatoria para todas las empresas del país que tengan personal remoto con más del 40% de su jornada laboral fuera del centro de trabajo y desempeñe sus actividades con el apoyo de tecnologías de la información.

“Es una norma que deriva de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que se hizo en 2021. Es muy importante porque permite regular y establecer claramente las obligaciones tanto de los empleadores como de los propios trabajadores en esta modalidad”, dijo en entrevista con medios de comunicación Luisa María Alcalde Luján, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Estas son las claves de la versión final de la NOM-037 con las nuevas obligaciones para empresas y trabajadores:

1. Evaluar las condiciones de trabajo
La norma contempla la posibilidad de que los empleadores visiten el lugar donde laborará el empleado -con autorización del trabajador- para verificar que las condiciones son las adecuadas para prevenir riesgos de trabajo, o en alternativa a esto, proporcionar al colaborador una lista de verificación para que a través de lo reportado por el empleado, se determine si el espacio es adecuado o no.

2. Seguimiento
La lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud se deberá aplicar periódicamente, aunque la NOM-037 no establece una periodicidad fija, esto para garantizar que el espacio continua siendo adecuado para realizar la actividad.

3. Política de teletrabajo
Antes de la norma, esto era una recomendación constante de especialistas en materia legal, pero ahora será obligatoria, los centros de trabajo deberán contar con una política de teletrabajo que por lo menos: promueva la cultura de prevención, establezca canales de comunicación presenciales o remotos para evitar el aislamiento social, mecanismos de comunicación y contacto, duración del horario laboral o distribución de las horas de trabajo, mecanismos para informar cambios en el espacio de trabajo, y lineamientos para la reversibilidad.

4. Reversibilidad
El teletrabajo no será para siempre, la regulación contempla que la figura sea reversible; es decir, que el trabajador pueda regresar a las actividades presenciales cuando se informe de una alteración en las condiciones de seguridad y salud, o porque así convenga a los intereses del empleado.

5. Documentar la implementación
Ya sea para implementar el trabajo remoto o retornar de la modalidad a la oficina, las empresas estarán obligadas a documentar el procesos, esto incluye tener evidencia de los mecanismos de comunicación entre el centro de trabajo y el empleado remoto, las causas por las cuales el trabajador asistirá a la oficina, y el mantenimiento al equipo de trabajo.

6. Informar de los riesgos
El instrumento legal se ha calificado como el primero que promueve el autocuidado, esto es porque una nueva obligación para las empresas será informar a las personas “sobre los riesgos relacionados con el Teletrabajo, y de la posible exposición de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo a agentes y a factores de riesgo (ergonómico y psicosocial)”.

7. Reportar cambios en las condiciones
Además de cuidar el equipo de trabajo que le será proporcionado y cumplir con la política de teletrabajo, las personas que laboren en esta modalidad tendrán la obligación de informar por escrito al empleador cualquier alteración de las condiciones en el espacio de trabajo que impidan el desarrollo del teletrabajo.

La Secretaría del Trabajo estima que el teletrabajo puede generar a las empresas ahorros por arriba de los 86,000 pesos por empleado, además de tener un impacto positivo a nivel social y en la calidad de vida de los empleados.

La ruta de la NOM-037

La norma de teletrabajo tiene su sustento legal en la reforma de enero de 2021 a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual reconoció la figura, estableció nuevas obligaciones patronales como asumir los gastos de luz e internet derivados de la modalidad, y fijó un plazo de 18 meses para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicara el instrumento.

La norma fue elaborada por la dependencia en conjunto con especialistas, representantes empresariales y de trabajadores. En julio del año pasado el proyecto fue publicado en el DOF para consulta pública.

A través de ese ejercicio, la STPS recibió centenares de propuestas de modificación de 74 promoventes, algunas fueron consideradas y con esos cambios el proyecto fue enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para su evaluación de impacto.

En abril de este año la Conamer dio el visto bueno a la dependencia para publicar la norma, y con esto concluyó el último trámite para que la regulación pudiera oficializarse.

Con información de Gerardo Hernández, El Economista.

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