
Algunos derechos humanos laborales de las mujeres trabajadoras
Los derechos de las mujeres trabajadoras son las normas jurídicas enfocadas a la protección de su salud, educación, dignidad y desarrollo, así como prerrogativas relacionadas con la maternidad, si fuera el caso.
#DerechosHumanosLaborales
“Está prohibido despedir a una trabajadora o presionarla para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil, o por tener hijos menores a su cuidado”, establece el Artículo 153 de la Ley Federal del Trabajo.#TrabajoEnLaCiudad pic.twitter.com/LLo69XsA2g— Trabajo CDMX (@TrabajoCDMX) October 31, 2023
Maternidad
A continuación se abordan ciertas prerrogativas que no están encaminadas a concederles privilegios, sino darle un trato peculiar originado del proceso biológico de la reproducción y de la condición de inseguridad de que con frecuencia son objeto.
Actualmente se promueve que el cumplimiento de las responsabilidades familiares y la crianza sea igual entre los hombres y las mujeres, y se impulsan políticas gubernamentales para cumplir este objetivo.
Las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia no deben trabajar en labores insalubres o peligrosas (es decir, las que por los materiales químicos y composición de la materia prima utilizada o por condiciones físicas son capaces de afectar la salud física y mental de la mujer o el lactante o el producto en gestación), y tampoco en horarios después de las diez de la noche. Además, se les debe mantener su salario, prestaciones y derechos durante este periodo.
Las mujeres embarazadas no realizarán trabajos en los que haya que levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación o estar de pie durante largo tiempo.
Tendrán un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, en los que percibirán su salario íntegro.
En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente
El descanso se alargará en los casos en los que no puedan trabajar a causa del embarazo o el parto. Durante el tiempo que dure esta situación, tendrán derecho al 50% de su salario por un periodo no mayor de 60 días.
Tienen derecho a regresar al puesto que desempeñaban siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha de parto.
En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado.
Se pueden sustituir los descansos en el periodo de lactancia por la reducción de la jornada de trabajo.
En caso de adopción, las mujeres tienen derecho a un descanso de seis semanas con goce de sueldo.
Los periodos pre y post natales deberán tomarse en cuenta en la antigüedad.
¿Sabías que contamos con una Subprocuraduría de Atención a Mujeres? 🙋🏽♀️💜
¡No estás sola! Ofrecemos asesoría legal con perspectiva de género a las trabajadoras de la Ciudad de México, de manera gratuita.
📌San Antonio Abad 32#TrabajoEnLaCiudad @GobCDMX @Luis_diazdeleon @CCLCDMX pic.twitter.com/aWWgcKtuky— Trabajo CDMX (@TrabajoCDMX) November 1, 2023
Derecho y atención a las trabajadoras
La Subprocuraduría de Atención a Mujeres, que es el área específica para brindar atención y asesoría con perspectiva de género de manera gratuita, orienta sus actividades a:
Brindar asesoría jurídica en materia laboral a las trabajadoras que soliciten la intervención de la Procuraduría.
Conciliar equitativamente los conflictos obrero-patronales en los que se involucre a trabajadoras, haciéndose constar en actas debidamente autorizadas con pleno valor probatorio.
Representar a trabajadoras en juicios laborales interponiendo todo tipo de acciones y recursos ordinarios y extraordinarios ante autoridades laborales y órganos jurisdiccionales.
Canalizarlas a las instituciones competentes para su debida atención y seguimiento, si se detectan casos de discriminación, hostigamiento sexual o actos de violencia.
Atención y asesoría en casos de despido por embarazo.
Si estás embarazada, estos son tus derechos:
No realizar trabajos pesados que pongan en peligro tu salud o la del bebé.
Descansar seis semanas antes y seis después de que nazca el bebé; en este periodo deberás recibir pago completo de tu salario y conservar tu empleo.
Descansar media hora dos veces al día durante el periodo de lactancia.
Recibir la atención médica necesaria hasta la recuperación por embarazo.
Exigir que tus derechos laborales no queden condicionados por la maternidad; es decir, que se niegue el trabajo que solicitas o te despidan por estar embarazada.
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