¿Qué puedes hacer si no recibes utilidades en 2024?
Mayo está por concluir y con ello el plazo para que las empresas realicen el pago de utilidades a sus trabajadores.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo a su declaración fiscal.
Si trabajaste de planta o eventual tienes derecho al reparto de utilidades que generó tu empresa o la persona física, refiere el Servicio de Administración Tributara (SAT).
💼💰 ¡El reparto de utilidades es un derecho constitucional!
☝️En caso de no recibir tu pago, contáctanos para recibir asesoría, realizar denuncias o solicitar inspecciones.
☎️ 5562831495, 5557093233 ext. 2021 y 2011 o 5550380200 ext. 4050 y 4051.#TrabajoEnLaCiudad @TrabajoCDMX pic.twitter.com/2YTJ9lXxg2— José Luis Rodríguez Díaz de León (@Luis_diazdeleon) May 28, 2024
¿Cuál es la fecha limite para recibir utilidades?
Si trabajas para una empresa, la fecha límite es el 30 de mayo. Si tu patrón es una personas física la fecha límite es el 29 de junio.
¿Cómo saber si la empresa generó utilidades?
El patrón tiene la obligación de proporcionar a los trabajadores la prestación de la declaración anual. Los plazos están contemplados en la LFT.
“El patrón, dentro de un término de 10 días contando a partir de la fecha de la presentación de su declaración anual, entregará a los trabajadores copia de la misma”, se lee en el Artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo.
💼 💰 ¡El reparto de utilidades es un derecho constitucional!
En caso de no recibir tu pago, contáctanos para recibir asesoría, realizar denuncias o solicitar inspecciones. 👇🏽
☎️ 55 6283 1495, 55 5709 3233 exts. 2021 y 2011 o 55 5038 0200 exts. 4050 y 4051.#TrabajoEnLaCiudad pic.twitter.com/MsrZSNVsmF
— Trabajo CDMX (@TrabajoCDMX) May 28, 2024
Si no me dan utilidades, ¿qué puedo hacer?
Si al término de esas fechas no has recibido tu pago, el SAT recomienda reportarlo ante la Secretaría del Trabajo al correo [email protected] o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para asesorarte.
En caso de requerir una visita de inspección será necesario acudir a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
¿Qué pasa si una empresa no paga las PTU?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo señala que aquellas empresas que tuvieron utilidades y que no hayan hecho el reparto a sus empleados dentro de las fechas correspondientes pueden hacerse acreedoras a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, de decir de 14,246 a 142,465 pesos, según lo señala la LFT.
Con información de Expansión.↵
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