¿Las vacaciones pueden acumularse o tienen caducidad?
En México, el derecho a las vacaciones es un beneficio fundamental para los trabajadores. Sin embargo, surge una pregunta común entre empleados y empleadores: ¿se acumulan o caducan?
Según la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos las vacaciones en México no se acumulan y tienen un tiempo limitado para ser disfrutadas.
La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas. Este periodo varía dependiendo de la antigüedad del empleado en la empresa, comenzando con 12 días hábiles después del primer año de servicio y aumentando progresivamente.
La ley también especifica que las vacaciones deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de trabajo. Y el empleado tendrá hasta 12 meses para disfrutarlas a partir de que se generan.
Es importante destacar que, si el trabajador no toma sus vacaciones en el plazo estipulado, estos días no se acumulan para el siguiente periodo vacacional. Esto significa que los días de descanso no tomados se pierden, y el empleado no tendrá derecho a reclamarlos posteriormente.
La normativa busca asegurar que los trabajadores disfruten de sus días de descanso de manera regular, promoviendo su bienestar y salud.
Además, la Ley Federal del Trabajo establece en su Capítulo IV (artículos del 76 al 81) que los patrones están obligados a otorgar el periodo de vacaciones al trabajador y a pagar una prima vacacional de al menos 25% sobre el salario correspondiente a esos días. Este incentivo económico adicional tiene como objetivo fomentar que los empleados hagan uso efectivo de sus vacaciones.
Hay sanciones en caso de no respetar
La regulación también contempla sanciones para los empleadores que no cumplan con la obligación de otorgar las vacaciones correspondientes. En caso de incumplimiento, los trabajadores pueden acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para reclamar sus derechos.
Tabla de vacaciones en México según la LFT
Las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio.
La siguiente tabla muestra la forma en que se deben otorgar los días de vacaciones:
Año 1: 12 días
Año 2: 14 días
Año 3: 16 días
Año 4: 18 días
Año 5: 20 días
De 6 a 10 años: 22 días
De 11 a 15 años: 24 días
De 16 a 20 años: 26 días
De 21 a 25 años: 28 días
De 26 a 30 años: 30 días
De acuerdo con el artículo 81 de la LFT, las vacaciones deberán concederse a las personas trabajadoras dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario percibido por las personas trabajadoras.
Asimismo, se le deberá otorgar a las personas trabajadoras una prima vacacional no menor al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.
Las vacaciones jamás se deberán de compensar con remuneración alguna, es decir se tiene que otorgar el periodo a disfrutar.
Para aquellos trabajadores que deseen conocer más detalles sobre sus derechos y obligaciones en relación con las vacaciones, se recomienda consultar la Ley Federal del Trabajo o buscar asesoría legal especializada.
Con información de Mario Alberto Ostos Chávez, Uno TV.↵
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