Propone diputado Rodríguez Díaz de León endurecer sanciones por delito de extorsión
Se sancionaría con hasta 15 años de prisión y dos mil 500 unidades de medida a quienes cometan el ilícito
También busca sancionar a quienes utilicen o proporcionen datos a extorsionadores
Grupo Parlamentario de Morena
22 de enero de 2020
El diputado, José Luis Rodríguez Díaz de León presentó a la Comisión Permanente del Congreso capitalino una iniciativa de reformas el Artículo 236 y la adición de un Artículo 236 Bis al Código Penal de la capital para endurecer las penas al delito de extorsión, sancionar a quienes utilicen o faciliten datos a los delincuentes, así como a los que utilicen juguetes que simulen armas para cometer el ilícito.
Planteó que el Artículo 236 aumente hasta 15 años de prisión y 2 mil 500 unidades de medida y actualización la sanción a quien cometa este delito, que en la actualidad se penaliza con 5 a 10 años de prisión y de mil a 2 mil unidades de medida.
En la propuesta, Rodríguez Díaz de León también propuso una sanción adicional cuando el ilícito se cometa contra personas mayores de 60 años, de menores y contra quienes no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho.
También que la inhabilitación máxima a los servidores públicos que incurran en este delito aumente de 10 años de prisión, como se sanciona en la actualidad en el Código Penal local, a 15 años.
El legislador propone que las penas adicionales, de tres a ocho años de prisión, pasen de cuatro a nueve años, cuando en la comisión del delito intervengan personas armadas, porten instrumentos peligrosos o utilicen juguetes y objetos que tengan apariencia o forma de armas de fuego o pistolas de municiones o aquellas que arrojan proyectiles a través de aire o gas comprimido.
En la iniciativa propuesta por el diputado local de Morena se incluye sancionar además de la extorsión telefónica y a través de correo electrónico, otros medios como los escritos, imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza y los que surjan por el avance de la ciencia, entre otros.
El artículo 236 Bis establece que: “A quienes por motivo de su empleo o cargo manejen información, datos personales o tengan acceso a los mismos y los utilicen de cualquier forma, la sustraiga para sí o para terceros con el objeto de obtener un lucro o beneficio por medio de la extorsión en sus diversas modalidades, se les impondrán las penas y sanción pecuniarias a que se refiere la artículo anterior”.
Al exponer sus motivos, Rodríguez Díaz de León señaló que el fenómeno de la extorsión telefónica en México tiene sus orígenes a principios del año 2000 cuando el acceso a la telefonía celular llegó a un mayor número de sectores de la población, pues los delincuentes comenzaron a utilizar esos aparatos de comunicación para contactar a sus posibles víctimas mediante llamadas o mensajes de texto.
Refirió que de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública el delito de extorsión tuvo un total de incidencia de 7 mil 698 casos de enero a noviembre de 2019 a nivel nacional.
Mientras que el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia refiere que también a nivel nacional durante el periodo de enero septiembre de 2019 se abrieron 6 mil 355 carpetas de investigación por extorsión y que las entidades con mayor número fueron el Estado de México con mil 650; Ciudad de México con 669, Jalisco, 625 y Veracruz con 410, los cuales se acumulan el 53 por ciento de las carpetas iniciadas en la República Mexicana.
Con información de Grupo Parlamentario de Morena.↵
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