Teletrabajo o home office

Estamos hechos de tiempo, y este tiempo de la pandemia ha cambiado los hábitos de todas las personas, en diversas áreas, y el caso del ámbito laboral no es la excepción. El teletrabajo, o mejor conocido como Home Office, pasó de ser una práctica poco común, a convertirse en el tiempo laboral del que están hechas, ahora las jornadas laborales.

El Sol de México
José Luis Rodíguez Díaz de León
3 de febrero de 2021.

Este proceso de adaptación para que las actividades productivas en general se mantengan, ha sido posible en gran medida gracias a las herramientas tecnológicas y digitales. Sin embargo, este cambio se realizó sin que las condiciones legales estuvieran listas para el distanciamiento social al que nos ha obligado el Covid-19.

Por ello es de enorme relevancia el decreto emitido por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de Teletrabajo.

El panorama de salud actual obligó a que las personas trabajen desde casa, lo que genera múltiples adecuaciones. Para muchas y muchos el Home Office ha tenido ciertas desventajas como el no tener una oficina o un espacio especifico para trabajar; otro inconveniente, según su decir es que trabajan más horas desde casa; y finalmente, que tienen que asumir los gastos adicionales por trabajar en casa, como los servicios de luz, internet, entre otros.

En la LFT ahora se contempla y regula el Teletrabajo y de acuerdo a la modificación, los patrones deberán, proporcionar, instalar y dar mantenimiento al equipo para el trabajo, esto incluye equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; deberá garantizar el derecho a la desconexión; también asumirá una parte de los gastos de internet, telefonía y luz; y no se deberá pagar un menor salario.

En el caso de las personas trabajadoras, en la modalidad de teletrabajo, tendrán la obligación de: tener cuidado en la conservación de los equipos que reciban; informar sobre los costos para el uso de los servicios derivados del teletrabajo; apegarse a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo; así como a los mecanismos y sistemas de supervisión, y los mecanismos de protección de datos.

Este proceso de cambio en la modalidad de presencial a teletrabajo, deberá ser voluntario y será establecido por escrito y cuando se dé un cambio a la modalidad de teletrabajo, las partes tendrán el derecho de reversibilidad a la modalidad presencial, para lo cual podrán pactar los mecanismos, procesos y tiempos necesarios para hacer válida su voluntad de retorno a dicha modalidad.

Para esto, se estableció un plazo de 18 meses para que se publique una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo a distancia.

No obstante, este avance, se debe cuidar que la evolución tecnológica no genere que las brechas de desigualdad, entre quienes no cuentan con las condiciones para hacerlo y quienes sí, aumenten. Pues de acuerdo a lo revelado por el Censo 2020 del INEGI, en México hasta antes de la pandemia, solo el 52.1 por ciento de las familias dijeron tener internet, y únicamente el 37.6 computadoras o laptops.

Desde el Congreso de la Ciudad continuaremos trabajando a favor de los derechos de las y los trabajadores, generando condiciones para un mayor desarrollo económico.

Volveremos a estar juntos y pronto volveremos a abrazarnos.

Vicecoordinador del grupo parlamentario de Morena en el Congreso de la ciudad de méxico.

@LUIS_DIAZDELEON

Publicado en  El Sol de México.

JLRDDL

Licenciado en Derecho por la UNAM, Maestro en Derecho Constitucional, también por la UNAM y cuenta con una especialidad en Derechos Humanos. Diputado de la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México (2018-2021) Como parte de su trabajo en la Academia y la Enseñanza, se ha desempeñado también como Profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en la Universidad Nacional Autónoma de México.

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