Se castigará a juez/a que autorice el matrimonio de menores de 18 años

Podría ser destituido o inhabilitado el Juez del Registro Civil que autorice en la Ciudad de México un matrimonio teniendo conocimiento de que uno o ambos contrayentes son menores de 18 años, de que hay impedimento legal, o de que éste se ha denunciado. Además, se aplicarán las sanciones que se dispongan en el Código Penal para el Distrito Federal y la Ley de Responsabilidades Administrativas.

Congreso de la Ciudad de México
16 de febrero de 2021.

Así se estableció en el dictamen aprobado por unanimidad por el Pleno del Congreso de la CDMX que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, cuyo objetivo es robustecer las normas de la capital en materia de prohibición del matrimonio infantil.

Las reformas establecidas en el dictamen, aprobado por unanimidad de 50 votos a favor, dejó el  Artículo 110 del dictamen de la siguiente manera:  “El Juez del Registro Civil que autorice un matrimonio teniendo conocimiento de que uno o ambos contrayentes son menores de dieciocho años, de que hay impedimento legal, o de que éste se ha denunciado, será sancionado como lo disponga el Código Penal, además de la destitución o inhabilitación para el desempeño de Juez del Registro Civil, así como las demás disposiciones aplicables, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México”.

Al fundamentar el dictamen a nombre de las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia, y la de Atención al Desarrollo de la Niñez, el diputado Guillermo Lerdo de Tejada Servitje (sin partido), indicó que se armonizaron las disposiciones de la ciudad con lo establecido en el Código Civil federal, así como con los estándares en diferentes instrumentos internacionales; además, se avanzó en la meta 5.3 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en cuanto a eliminar prácticas nocivas como el matrimonio infantil, precoz, y forzado.

La aprobación también contempla la eliminación de la figura de emancipación derivada del matrimonio, que se refiere a la pérdida de los padres o tutores de la patria potestad de los menores, una vez que éstos contraen matrimonio.

Al razonar su voto, la proponente de la iniciativa dictaminada, diputada Jannete Guerrero Maya (PT), aseveró que “esta Soberanía hoy legisla de manera comprometida con nuestra niñez y adolescencia, por lo que la aprobación del dictamen es un paso más para erradicar de una vez por todas la dolorosa práctica del matrimonio infantil”, dijo.

Más adelante, el legislador Diego Garrido López (PAN), consideró que con estas reformas se está protegiendo a las niñas, principalmente, porque –dijo– es el grueso de la población que ha sido afectada con el matrimonio infantil.

De la misma manera, agradeció a los presidentes de ambas Comisiones dictaminadoras, por considerar la eliminación de la figura jurídica de la emancipación por matrimonio.

Con información del Congreso de la Ciudad de México .

Relacionados
Cómo cerrar la brecha de género y lograr igualdad en lo laboral

El acceso a la justicia laboral es un elemento esencial para garantizar los derechos humanos y promover condiciones de igualdad …

La FSTSE: 85 años de lucha sindical por un Estado al servicio del pueblo

La Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE) tiene una historia que se remonta a 1935, cuando …

Senado aprueba la Ley Silla

El Senado de la República aprobó por unanimidad la Ley Silla, cuyo objetivo es reconocer en la Ley Federal del …