Presentan modificación a la Constitución para ampliar plazos

La diputada Martha Ávila y el diputado José Luis Rodríguez argumentaron que, debido a circunstancias ajenas como la pandemia por COVID-19, se deben ajustar los Artículos Transitorios de la Carta Magna.

La Constitución local contiene los derechos de los capitalinos y de quienes transitan por la Ciudad, además de las obligaciones de los entes de la administración pública; en el caso del Congreso se presentaron circunstancias ajenas, particularmente la pandemia global por el virus SARS-CoV-2, que obligan a replantear los plazos en materia legislativa a fin de cumplir adecuadamente con las necesidades planteadas por la ciudadanía.

En este sentido, la Coordinadora y el Vicecoordinaror del Grupo Parlamentario de Morena Martha Ávila Ventura y José Luis Rodríguez Díaz de León, presentaron una Iniciativa de reforma a los Artículos Transitorios Tercero, Décimo Octavo, Vigésimo, Vigésimo Quinto y Trigésimo Noveno de la Carta Magna para quedar de la siguiente forma:

Tercero.- Las disposiciones relativas a los derechos y las relaciones laborales entre las instituciones públicas de la Ciudad y sus trabajadores, establecidas en el artículo 10, apartado C y demás relativos de esta Constitución, entrarán en vigor el 31 de agosto de 2024.

Décimo Octavo.- El Congreso de la Ciudad de México expedirá las leyes o realizará las modificaciones a los ordenamientos que rigen a los organismos autónomos establecidos en esta Constitución, a más tardar el 31 de agosto de 2024.

Vigésimo.- La legislación relativa a los sistemas y programas establecidos en esta Constitución deberá entrar en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2023. Las autoridades competentes realizarán las acciones necesarias para implementar estos sistemas a más tardar dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la legislación en la materia.

Vigésimo Quinto.- El Congreso de la Ciudad de México deberá expedir, a más tardar el 25 de julio de 2024, la Ley del Centro de Conciliación Laboral y la Ley que Regula las Relaciones Laborales de la Ciudad de México y sus Personas Trabajadoras; dentro del mismo plazo, deberá armonizar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Trigésimo Noveno.- En las materias de su competencia, el Congreso deberá adecuar la totalidad del orden jurídico de la Ciudad de México a esta Constitución, a más tardar el 31 de agosto de 2024.

Con información del Grupo Parlamentario de Morena.

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