Presentan modificación a la Constitución para ampliar plazos

La diputada Martha Ávila y el diputado José Luis Rodríguez argumentaron que, debido a circunstancias ajenas como la pandemia por COVID-19, se deben ajustar los Artículos Transitorios de la Carta Magna.

La Constitución local contiene los derechos de los capitalinos y de quienes transitan por la Ciudad, además de las obligaciones de los entes de la administración pública; en el caso del Congreso se presentaron circunstancias ajenas, particularmente la pandemia global por el virus SARS-CoV-2, que obligan a replantear los plazos en materia legislativa a fin de cumplir adecuadamente con las necesidades planteadas por la ciudadanía.

En este sentido, la Coordinadora y el Vicecoordinaror del Grupo Parlamentario de Morena Martha Ávila Ventura y José Luis Rodríguez Díaz de León, presentaron una Iniciativa de reforma a los Artículos Transitorios Tercero, Décimo Octavo, Vigésimo, Vigésimo Quinto y Trigésimo Noveno de la Carta Magna para quedar de la siguiente forma:

Tercero.- Las disposiciones relativas a los derechos y las relaciones laborales entre las instituciones públicas de la Ciudad y sus trabajadores, establecidas en el artículo 10, apartado C y demás relativos de esta Constitución, entrarán en vigor el 31 de agosto de 2024.

Décimo Octavo.- El Congreso de la Ciudad de México expedirá las leyes o realizará las modificaciones a los ordenamientos que rigen a los organismos autónomos establecidos en esta Constitución, a más tardar el 31 de agosto de 2024.

Vigésimo.- La legislación relativa a los sistemas y programas establecidos en esta Constitución deberá entrar en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2023. Las autoridades competentes realizarán las acciones necesarias para implementar estos sistemas a más tardar dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la legislación en la materia.

Vigésimo Quinto.- El Congreso de la Ciudad de México deberá expedir, a más tardar el 25 de julio de 2024, la Ley del Centro de Conciliación Laboral y la Ley que Regula las Relaciones Laborales de la Ciudad de México y sus Personas Trabajadoras; dentro del mismo plazo, deberá armonizar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Trigésimo Noveno.- En las materias de su competencia, el Congreso deberá adecuar la totalidad del orden jurídico de la Ciudad de México a esta Constitución, a más tardar el 31 de agosto de 2024.

Con información del Grupo Parlamentario de Morena.

Relacionados
¿Qué es la pensión mínima garantizada del IMSS?

Una de las tres modalidades de pensión del IMSS es la pensión mínima garantizada, la cual es pagada por el …

Conoce el Proyecto Minerva que brinda herramientas financieras para mujeres

El Proyecto Minerva es dirigido a mujeres, a quienes les brinda las herramientas para acceder, comparar y escoger los servicios …

¿Cómo mejorar la transición de la universidad al mercado laboral?

Un mercado laboral competido, con bastantes exigencias en cuando a experiencia e incluso habilidades puede ser una realidad muy dura …