Derecho de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia

Este derecho ha sido reconocido por los sistemas internacional y regional de protección de los derechos humanos. Por ello, el Estado Mexicano debe actuar con la debida diligencia en la prevención, atención, sanción y erradicación de violencia contra las mujeres.

La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW por sus siglas en inglés) es el primer instrumento internacional en materia de derechos humanos de las mujeres. En su artículo 1, precisa que la discriminación contra las mujeres es una acción basada en el sexo que tiene por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos. En 1993, el Comité de la CEDAW emitió su Recomendación general No. 19 a través de la cual declaro que la violencia contra las mujeres era una forma de discriminación dirigida contra las mujeres por el simple hecho de ser mujer.

Posteriormente, en 1995, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención Belém do Pará, reconoció el derecho de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia en su artículo 3.

De manera puntual, colocó como obligación de los Estados para garantizarle:
• Velar porque los agentes del estado se abstengan de cualquier acción o práctica de violencia contra las mujeres
• Incluir en la legislación normas que protejan a las mujeres víctimas de violencia
• Fomentar la educación y capacitación de agentes del Estado encargados de aplicar la ley y las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra las mujeres
• Suministrar servicios especializados para la atención de mujeres víctimas de violencia
• Garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información que permita visualizar la violencia que sufren las mujeres
• Promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experiencias

Específicamente, en la Ciudad de México la Ley de Accesode las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México es la herramienta jurídica por medio de la cual se establecen los principios y criterios para reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia, desde la perspectiva de género. Establece además la coordinación interinstitucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en el marco de los ordenamientos jurídicos aplicables en Ciudad de México y en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respetando los derechos humanos de las mujeres bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, pro-persona y progresividad.

De acuerdo con la fracción XIII del artículo 3 de la Ley, la perspectiva de género es una visión critica, explicativa, analítica y alternativa que aborda las relaciones entre los géneros y que permite enfocar y comprender las desigualdades construidas socialmente entre mujeres y hombres y establecer acciones gubernamentales para disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.

Por su propia naturaleza, en los artículos 6 y 7 reconoce 9 tipos y 10 modalidades de la violencia contra las mujeres para homogeneizar conceptos y con ello, dar paso a la sistematización y análisis de este problema.

. Tipos y modalidades de violencia contra las mujeres en la Ciudad de México

Tipos (daños que puede ocasionar)
Psicoemocional
Física
Patrimonial
Económica
Sexual
Contra los derechos
reproductivos
Obstétrica
Feminicida
Simbólica

Modalidades (ámbitos donde ocurre)
Familiar
En el noviazgo
Laboral
Escolar
Docente
En la comunidad
Institucional
Mediática contra las
mujeres
Política en razón de género
Violencia digital

Asimismo, esta caracterización contribuye a su prevención y permite que mujeres víctimas de violencia soliciten atención inmediata y efectiva por parte de las autoridades para recibir asesoría y representación gratuita y expedita, siendo tratadas con dignidad y respeto a su integridad. Es importante señalar que en las definiciones de cada una de estas violencias se identifican relaciones entre mujeres y hombres desde una lógica de poder.

Leer más en “Mujeres y acceso a una vida libre de violencia” de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.

 

Relacionados
Cómo evitar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo

En el mundo laboral actual, la salud mental de los trabajadores se ha convertido en un tema prioritario para las …

Acciones que implementarán las empresas para no incurrir en explotación laboral

La capacitación y formación es el recurso adicional que más demandarán las empresas para el cumplimiento de la reforma a …

Elementos claves en una negociación en el entorno laboral para mujeres

Esperamos que nuestros jefes o jefas nos reconozcan los logros y nos den un aumento de salario en lugar de …