Impulsan la certificación en la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y no Discriminación

Con el afán de recuperar la experiencia del Modelo de Equidad de Género (MEG), de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2012 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres y de la Guía de Acción contra la Discriminación “Institución Comprometida con la Inclusión” (Guía ICI) y avanzar hacia un mecanismo acorde con el estado actual del marco jurídico y los documentos de planeación nacional, se trabajó en el rediseño de los criterios de evaluación y se generó un nuevo instrumento, que se presenta a continuación:

¿Qué es la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación?
La Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación es un mecanismo de adopción voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las trabajadoras y los trabajadores.

Esta certificación está dirigida a todos los centros de trabajo públicos, privados y sociales establecidos en la República Mexicana, de cualquier tamaño, sector o actividad. Para obtenerlo, los centros de trabajo deberán recibir una auditoría de tercera parte, para verificar que sus políticas y prácticas cumplen con los requisitos de igualdad laboral y no discriminación.

Sus principales ejes son: incorporar la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación; garantizar la igualdad salarial; implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral; y realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores, con igualdad de trato y de oportunidades.

Pasos para obtener la certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación
Paso 1 Conocer los requisitos de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación y realizar la autoevaluación

a) Campo de aplicación

Pueden certificarse los centros de trabajo del sector público, privado y social, de cualquier tamaño, rama económica o giro que se encuentren ubicados en la República Mexicana.

b) Requisitos

El centro de trabajo deberá proporcionar evidencias de la implementación de prácticas laborales en materia de igualdad laboral y no discriminación que den cumplimiento a los requisitos, por medio de documentos, procesos e infraestructura, según corresponda.

Existen tres tipos de requisitos:

i. Requisito de participación: constancia oficial con antigüedad máxima de seis meses de que no existe algún incumplimiento a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

ii. Requisitos críticos: su cumplimiento es indispensable para obtener la certificación, tienen un valor de 25 puntos.

iii. Requisitos generales de certificación: son evaluados para alcanzar el resto del puntaje. La calificación mínima para obtener la certificación es de 70 puntos.

Para fomentar la mejora continua, el nivel del certificado se otorgará en cuatro niveles, de acuerdo con la existencia de medidas de nivelación, medidas de inclusión y acciones afirmativas, las cuales son optativas y adicionales a los requisitos anteriores:

· Integración de la plantilla de personal con al menos el 40% de un mismo sexo.

· Existencia de un 40% de mujeres en los puestos directivos.

· Contar con personal con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de las y los trabajadores.

· Contar con una figura mediadora u ombudsman.

· Llevar a cabo actividades o eventos enfocados exclusivamente a fomentar la igualdad y no discriminación dirigidos al personal y sus familias.

Para ser acreedor a los distintos niveles, el centro de trabajo deberá proporcionar evidencias de la implementación de las medidas, según los criterios que aparecen en la Norma.

a) Autoevaluación
El centro de trabajo realizará un ejercicio de autoevaluación, con el objetivo de conocer la situación en la que se encuentra respecto al cumplimiento de los requisitos y, a partir de este diagnóstico, llevar a cabo los procesos y las prácticas necesarias para certificarse.

Diagnóstico de autoevaluación

Paso 2 Implementar procesos y prácticas para el cumplimiento de los requisitos

a) Diseño, implementación y documentación de procesos y prácticas en igualdad laboral y no discriminación

Tras conocer y analizar detalladamente los requisitos, el centro de trabajo diseñará, implementará y documentará los procesos y las prácticas necesarias para dar cumplimiento a los requisitos de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación. Esto puede implicar hacer modificaciones en la manera en que operan diversos procedimientos dentro de la organización, para adaptarlos a los criterios que se establecen en la norma, ya que la finalidad del instrumento es lograr un cambio en la cultura laboral, de manera que todo el personal tenga las mismas oportunidades para desarrollarse profesionalmente, y que esto se logre en corresponsabilidad con su vida personal, dentro de un centro de trabajo libre de violencia y discriminación.

Estas prácticas deben ser lo suficientemente sólidas para poder ser auditadas por un organismo de certificación, el cual solicitará evidencias de su implementación y del conocimiento que el personal posee de ellas.

Las páginas de las dependencias que forman el Consejo Interinstitucional cuentan con herramientas documentales de apoyo para que los centros de trabajo puedan profundizar en los conocimientos necesarios para diseñar e implementar las prácticas en igualdad laboral y no discriminación. Adicionalmente, el centro de trabajo puede solicitar o recibir asesoría por sus propios medios.

b) Auditoría interna

Una vez que el centro de trabajo haya implementado y documentado las prácticas necesarias, llevará a cabo una auditoría interna, en la que un equipo auditor formado por su propio personal evaluará el cumplimiento de todos los requisitos, y emitirá un informe de auditoría que debe ser firmado por la máxima autoridad de la organización. Este ejercicio preparará al centro de trabajo para la auditoría de certificación y le brindará un panorama sobre su situación, por lo que es importante que sea realizado con profesionalismo.

Pso 3 Registrar la participación del centro de trabajo ante el Consejo Interinstitucional

El centro de trabajo llenará su cédula de registro y la enviará al Consejo Interinstitucional, integrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), para estar en posibilidad de ser notificado acerca de cualquier iniciativa relacionada con la norma que sea promovida por las tres dependencias. También deberá enviar una carta compromiso en hoja membretada, firmada por la máxima autoridad, alta dirección o representante legal en cada proceso de certificación.

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