Norma Oficial Mexicana 035

En la reforma a la LFT del 30 de noviembre de 2012, se incluyó en el numeral 2o., que todo empleador/a debe garantizar el trabajo digno y decente a sus colaboradores, entendiéndose como aquel en donde se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; capacitación, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.

Además, todo patrón es responsable de la prevención de los riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de la LFT, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables (art. 475 Bis, LFT).

Con la emisión del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST), publicado en el DOF el 13 de noviembre de 2014, nuestro país comenzó a regular la prevención de los factores de riesgos psicosociales (FRS).

Dichos factores son aquellos trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral, por el trabajo desarrollado; es decir, afectan la salud de las personas a través de mecanismos psicológicos y fisiológicos (art. 3o., fracc. XVII, RFSST).

Se entienden mejor los factores de riesgos psicosociales si se toma la palabra psicosocial y se descompone en: psico porque afectan a través de la psique (conjunto de actos y funciones de la mente) y; social porque su origen es social (determinadas características de la organización del trabajo).

También se emitió la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención (NOM-035), para prevenir los factores de riesgos psicosociales y promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

La Norma Oficial Mexicana 035 (NOM) que establece que el patrón tiene que supervisar si el trabajador/a desarrolla o padece algún problema psicosocial o mental. El objetivo de la NOM 035, que terminó por aplicarse en 2020, es prevenir accidentes laborales y enfermedades mentales provocados por el trabajo. Para lograrlo trata de fomentar un entorno organizacional favorable en las compañías, haciendo que los patrones instauren políticas de prevención. A su vez, ayuda a que se identifiquen los factores de riesgo psicosocial que pueden existir en el ámbito laboral.

Según un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) realizado en 2018, 85% de las organizaciones mexicanas no tenían las condiciones adecuadas para ofrecer a sus colaboradores un balance entre vida personal y trabajo.

Esta situación se agudizó con la pandemia en 2020 y 2021, pues los trabajadores migraron de las oficinas al trabajo en casa. Si bien el modelo permitió a muchas personas encontrar un equilibrio entre las esferas de su vida y detonar su productividad en un entorno flexible, otras se vieron afectadas por el estrés, el burnout y la necesidad de realizar tareas de cuidado adicionales —esto afectó desproporcionadamente a las mujeres.

¿Qué dice la NOM 035?
En México es obligación del patrón afiliar a sus trabajadores al IMSS. Si esta institución llega a detectar alguna incapacidad mental o física derivada del trabajo, estaría obligada a otorgar una pensión al empleado.

“Además, también hay un reglamento general de seguridad y salud en el trabajo que prevé los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores”, dijo Héctor Cervantes, abogado laboral, a Business Insider México.

Según el experto, la NOM 035 está específicamente relacionada con la salud mental de los trabajadores, por lo que está encaminada a mejorar el ambiente en el trabajo.

Las obligaciones que la NOM 035 establece para las organizaciones en el Diario Oficial de la Federación son:

√  Difundir y proporcionar información a los empleados.
√  Reconocer y estudiar los factores de riesgo psicológico.
√  Desarrollar y difundir en la organización una política de prevención de riesgos psicosociales y la violencia laboral, así como la promoción de un entorno organizacional favorable.
√  Establecer medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial.
√  Aplicar medidas y acciones de control cuando sea necesario, a partir de los factores de riesgo psicosocial.
√  Realizar exámenes médicos a los trabajadores expuestos a violencia laboral cuando existan síntomas que lo sugieran.
√  Llevar registro de los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosociales, de las evaluaciones del entorno organizacional, las medidas adoptadas y los trabajadores a los que se practicó exámenes médicos.

Esta norma rige en todo el territorio mexicano y aplica a todos los centros de trabajo desde 2019.

¿Cuáles son los riesgos psicosociales que identifica la NOM 035?
Esta norma no se aplica de manera individualizada a cada trabajador sino que busca equilibrar el ambiente laboral, dice Lucía Magaña, especialista en derecho laboral.

A nivel general, la NOM 035 establece que el patrón debe implementar políticas para prevenir los riesgos psicosociales; adoptar medidas y, en caso de sospechar de problemas, aplicar cuestionarios a los empleados, para canalizarlos a un especialista.

“No significa que tengan que atenderlos personalmente, supervisar la calidad del tratamiento. Su obligación se reduce a identificar el problema, canalizar al empleado al experto que pueda ayudarle y generar un reporte”, explicó la especialista.

Los factores de riesgo psicosocial que identifica la NOM 035 son:

Condiciones y medio ambiente del trabajo: aspectos físicos que pueden hacer que el empleado haga un mayor esfuerzo para prestar sus servicios.
Grandes cargas de trabajo
Falta de control sobre el trabajo: Los trabajadores tienen cierto nivel de preparación que los pudiera llevar a tomar alguna decisión pero tienen que esperar el “visto bueno” del jefe.
Jornadas laborales y constante rotación de turnos: Esto se puede considerar un factor de riesgo cuando altera los patrones de sueño y alimentación
Liderazgo negativo: Es cuando los jefes se dirigen hacía sus subordinados de manera agresiva e impositiva y no dan retroalimentación sobre su trabajo.
Relaciones negativas de trabajo: imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas.
Interferencia en la relación trabajo-familia: cuando de manera constante se tienen que atender responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar y personal.
Violencia laboral: Situaciones de hostigamiento, acoso y malos tratos en el trabajo.

“Un factor de riesgo psicosocial, no necesariamente va generar un problema pero si tiene las potencialidad de generarlo”, añadió la experta.

Con información de Aline Sarmmiento, Business Insider. e IDC online.

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