Requerimientos para tener un espacio laboral adecuado

Entre otras obligaciones, el proyecto de NOM de Teletrabajo elaborado por las autoridades federales contempla una lista que deben entregar los empleadores a su personal para verificar que tienen las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud laboral para realizar el trabajo remoto.

La lista de verificación será una alternativa que tendrán las empresas cuando no puedan realizar las visitas al domicilio o lugares de trabajo de sus colaboradores para cerciorarse que se tienen las condiciones adecuadas.

El proyecto de NOM-037 publicado por la Secretaría de Trabajo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) incluye una guía de referencia para que empresas y empleados puedan cumplir con este procedimiento, aunque como su nombre lo aclara, el instrumento es sólo un ejemplo que se puede utilizar, pues los patrones pueden realizar su propia lista de verificación.

El check list que realizarán tanto aspirantes al teletrabajo como personas que ya realizan el trabajo remoto busca identificar cuáles son las condiciones en cuanto a riesgos por agentes físicos (ventilación, iluminación, temperatura, ruido), mecánicos, químicos y por factores de riesgo ergonómico y psicosocial.

Para las personas que aspiran a realizar sus actividades de manera remota, éstas son algunas preguntas para determinar si el espacio de trabajo es adecuado:

» Agentes físicos

¿El lugar de trabajo que usted destinaría para el teletrabajo tiene iluminación natural? (luz del sol)?
¿Considera que la luz con la que realizaría teletrabajo en su lugar de trabajo podría ser molesta para su visión?
¿El lugar de trabajo que usted utilizaría para realizar el teletrabajo cuenta con lámparas de LED?
¿El lugar de trabajo en donde realizaría el teletrabajo cuenta con ventanas cerca?
¿En el lugar de trabajo en el que realizaría teletrabajo cuenta con aire acondicionado?
¿Considera que la temperatura de lugar de trabajo que destinaría para realizar teletrabajo es alta como para requerir de ventilación adicional con un ventilador o aire acondicionado?
¿En el lugar de trabajo que ocuparía para realizar teletrabajo se percibe ruido de la calle, de patio o de otro lugar cercano que le impida concentrarse en el teletrabajo?

» Agentes mecánicos

¿El área de trabajo que destinaría como lugar de trabajo está separada de otras áreas por elementos físicos como paredes, puertas, ventanas, canceles o elementos similares?
¿En el lugar de trabajo que usaría para realizar teletrabajo existe mobiliario con esquinas o bordes afilados o salientes que le pudieran provocar que se golpeara, raspara o cortara en manos o pies?
¿En el lugar de trabajo que ocuparía para el teletrabajo, el equipo de las TIC se conectaría a un contacto eléctrico a una distancia mayor de un metro?

» Agentes químicos

¿En el espacio físico que destinaría como lugar de trabajo, se perciben olores de sustancias químicas (solventes, pinturas, humo de cigarro o polvos de aserrín) que le parezcan desagradables?
¿Usted o alguien más fuma dentro del lugar de trabajo que utilizaría para realizar el teletrabajo?
¿En el lugar de trabajo que usted ocuparía para realizar el teletrabajo, se concentran los olores de la cocción de alimentos como asados de carne, chiles toreados, entre otros?

» Riesgo ergonómico

¿Cuenta en el lugar de trabajo que destinaría para el teletrabajo con alguna silla o asiento disponible para realizar estas actividades?
¿La mesa, escritorio o superficie del lugar de trabajo que ocuparía para el teletrabajo tiene una altura entre 72 cm y 76 cm

» Riesgo psicosocial

¿En caso de que usted realizara teletrabajo, tendría inconvenientes para llevarlo a cabo sin que para ello la familia fuese un obstáculo?
¿Usted considera que si, incursiona en la modalidad de teletrabajo, este podría interferir con los tiempos para la atención de las actividades del trabajo y los tiempos para la familia?

“El patrón puede adicionar otras preguntas que considere conveniente o adecuadas, que le sirvan para validar si los lugares de trabajo que proponen los trabajadores antes de incursionar a la modalidad de teletrabajo cumplen con las condiciones de seguridad y salud, así como también puede adicionar otras preguntas que responderán los trabajadores que ya realizan teletrabajo para ratificar que se mantienen las condiciones de seguridad y salud para realizar el teletrabajo”, se indica en el proyecto de Norma Oficial Mexicana.

Esta lista de verificación deberá aplicarse por cada lugar que la persona acuerde con su empleador para realizar sus actividades fuera del centro de trabajo, siempre y cuando éstas abarquen más de 40% del tiempo de la jornada laboral semanal.

Inicia proceso de consulta abierto
Tras la publicación del proyecto de NOM de Teletrabajo en el DOF inició el proceso de consulta pública que durará 60 días, período en el que cualquier persona podrá emitir una opinión a través de la página de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Los comentarios que se emitan en este proceso deberán “presentarse mediante un formato en word a tres columnas, indicando en la primera columna el numeral (en su caso, el inciso y/o subinciso) al que se refieren; en la segunda columna la propuesta de cambio o modificación, y en la tercera columna la justificación técnica, económica, jurídica o de cualquier otra naturaleza que fundamente su propuesta de cambio o modificación”, señaló la dependencia en al anteproyecto publicado en DOF.

A partir del 15 de septiembre, fecha en la que concluye el plazo de la consulta pública, la autoridad analizará los comentarios y elaborará un proyecto de respuesta, el cual será analizado por el grupo de trabajo que elaboró el anteproyecto de la norma.

“Una vez que el Comité Consultivo apruebe la propuesta de respuesta a los comentarios, se agotarán los procedimientos necesarios ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y se publicará la NOM-037-STPS-2022 en el Diario Oficial de la Federación, para que su entrada en vigor ocurra en un plano no menor a 180 días naturales posterior a esa fecha”, informó la STPS en un comunicado.

La NOM 037 cierra la llave de la reforma de teletrabajo de enero de 2021 y será el marco regulatorio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en esta modalidad. La Secretaría del Trabajo estima que la norma beneficiará a cerca de 13 millones de personas, el universo de trabajadores que podrían realizar sus actividades en este esquema.

Con información de Gerardo Hernández, El Economista.

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