¿Qué es la conciliación laboral?

La conciliación laboral es un acuerdo entre las partes que tiene el fin de solucionar los conflictos laborales entre el trabajador y el patrón, sin necesidad de llegar a juicio.

De acuerdo con la nueva Reforma Laboral, se establece la obligación de trabajadores y patrones de asistir a una audiencia de conciliación antes de iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales.

Beneficios de la Conciliación
• Se evita el desgaste en tiempo y dinero que puede generar un juicio laboral.
• Es un procedimiento gratuito, imparcial y confidencial.
• Es un procedimiento ágil y rápido, pues la Ley fija un límite de 45 días naturales para concluir la
etapa de conciliación.
• El Centro de Conciliación tiene la obligación de proporcionar asesoría y orientación legal
gratuita a las personas que lo soliciten sobre el conflicto laboral en que se encuentren,
ayudando incluso a elaborar su petición.

¿Cómo inicio el proceso de conciliación?
• Puedes realizar tu solicitud acudiendo personalmente a nuestras oficinas donde te
ayudaremos a realizar tu registro o en la pagina https://ccl.cdmx.gob.mx/
• Si hiciste tu solicitud en línea es indispensable que acudas a nuestras oficinas a ratificarla, donde se te dará un buzón electrónico. En tanto no ratifiques tu solicitud, no se dará por iniciado el trámite y el tiempo que tienes para ejercer tus derechos laborales seguirá corriendo.
• Se te notificará a través del buzón electrónico y/o del correo electrónico registrado en un plazo máximo de 3 días hábiles, la fecha y hora de tu cita, así como el lugar y número de solicitud.
• Para acudir a tu cita de conciliación deberás presentar original y copia de tu identificación oficial.

Audiencia de Conciliación
La fecha de la audiencia de conciliación se señalará al momento de recibir la solicitud y deberá efectuarse en un tiempo máximo de 15 días siguientes a su presentación.
En la audiencia deberán considerarse los siguientes aspectos:
• Las partes deben acudir personalmente a la audiencia.
• Cuando se trate de empresas, debe acudir su representante legal. El
trabajador solicitante podrá asistir acompañado de un abogado o un
Procurador de la Defensa del Trabajo, pero no se reconocerá a este como
su apoderado por tratarse de un procedimiento de conciliación y no de un
juicio.
• En caso de que el trabajador o el patrón no comparezcan a la audiencia
por causa justificada, se señalará nueva cita en los 5 días siguientes.
• En el desarrollo de la audiencia, el solicitante y la parte citada deberán presentarse debidamente identificadas con documento oficial vigente.
• Las partes podrán solicitar cuantas audiencias sean necesarias para
solucionar el conflicto laboral, siempre y cuando sea bajo los lineamientos que señala la Ley

Emisión de la Constancia de No Conciliación
Si las partes que se presentaron a la audiencia no llegan a un
acuerdo, el Centro emitirá una constancia de No
Conciliación, que permite que la persona solicitante inicie un
juicio ante el Tribunal Laboral competente.
La constancia se emite en los siguientes casos:
1. Cuando el solicitante y la parte citada se presentan a la audiencia y no llegan a un acuerdo.
2. Cuando solo el solicitante comparece a la audiencia.

 

El nuevo Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México está ubicado en Doctor Andrade No. 45, colonia Doctores, Cuauhtémoc.

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