¿Cuánto debo recibir de Aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho que tienen los trabajadores establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en su artículo 87. El aguinaldo surgió como una prestación en la Ley Federal del Trabajo en 1970, desde ese año de forma obligatoria. Antes a esto, algunos patrones voluntariamente daban cierta cantidad de dinero a sus trabajadores en el mes de diciembre con motivo de la navidad.

El aguinaldo a diferencia de otras prestaciones como las vacaciones o el finiquito, no aumenta con los años trabajados, pues este solo depende del sueldo del trabajador.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo estipula que el finiquito debe ser correspondiente a 15 días de trabajo por el año trabajado.

Esto sin importar si el trabajador tiene más de un año trabajando en la empresa.

Ahora bien, si el trabajador no ha cumplido el año trabajando, su aguinaldo debe ser proporcional a los meses que lleva en la empresa.

Es decir, si lleva 6 meses trabajando en la empresa, le corresponde un aguinaldo de 7.5 días de salario.

 ¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?

Trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, aquellos contratados por obra, tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.

En general, dicha prestación laboral aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón, cuya relación laboral se rija por la Ley Federal del Trabajo.

Con ¿cuál salario se calcula?

En el caso de las personas trabajadoras con un salario fijo, el cálculo debe hacerse con el salario de cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo.

Si el monto del salario es variable por unidad de obra (trabajo a destajo), se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba el trabajador.

Para las y los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo proporcional de trabajo en caso de que no hayan cumplido el año.

¿Cuándo se tiene que dar?

La fecha límite para la entrega del aguinaldo es el 20 de diciembre, algunos patrones suelen entregar a partir de los primeros días del último mes, para que los trabajadores tengan tiempo de hacer sus compras navideñas.

¿Hay sanciones para los empleadores?

Sí, el marco legal establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Si se incumple, se contemplan sanciones de entre 50 y 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones.

Ante cualquier duda relacionada con el pago de este derecho la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o a la Procuraduría de la Ciudad de México pues ambas  ofrecen los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.

Con información de Carlos Cruz, Líder empresarial.

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