Publican en DOF reforma que garantiza el acceso a la seguridad social plena para las parejas del mismo sexo

El pasado 20 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que garantiza el acceso a la seguridad social plena para las parejas del mismo sexo. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) tendrán que relizar los cambios en sus procesos internos para adaptarse a estos cambios a más tardar a principios de 2024.

Las modificaciones legales entrarán en vigor el 20 de julio de este año. A partir de esa fecha, el IMSS y el ISSSTE tendrán 180 días para adecuar disposiciones reglamentarias y normativas con el fin de eliminar cualquier discriminación en la prestación de los servicios y derechos de las parejas del mismo sexo. Ambas instituciones podrán solicitar recursos financieros adicionales para cumplir con el nuevo ordenamiento legal.

Entre los cambios más importantes de la reforma avalada por el Congreso de la Unión en diciembre pasado, destaca además el reconocimiento de las parejas en unión libre y con ello, el derecho de todas las personas a acceder a la protección social, lo que incluye pensiones, servicio médico y de guarderías.

Las modificaciones a las regulaciones del IMSS y el ISSSTE se resumen en tres puntos:

Introduce la palabra “cónyuge” como término genérico.
Reconoce la figura de unión civil para garantizar derechos, servicios y prestaciones a cónyuges del mismo sexo.
Otorga a la mujer trabajadora el derecho de transmitir a su beneficiario o beneficiaria una pensión de viudez.

Antes de la reforma, ambas legislaciones reconocían como beneficiarios de los asegurados a sus cónyuges y concubinos, pero no contemplaban a las parejas en unión libre y específicamente en la legislación de la seguridad social en el sector privado, se manejaba una redacción con términos masculinos que excluían a las personas del mismo sexo.

El camino para la reforma legal
En diciembre pasado el Senado avaló los cambios a la legislación del IMSS y del ISSSTE y concluyó un largo proceso legislativo que se extendió por cuatro años. El dictamen fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre de 2018.

“Con este dictamen damos otro gran paso en acortar la brecha de desigualdad y discriminación en nuestro país y hacemos patentes los ideales suscritos en el artículo primero de nuestra Carta Magna para que todas las personas en nuestro territorio gocen de las garantías para su protección, aboliendo toda discriminación motivada incluso por el género o las preferencias sexuales””, expresó el senador Manuel Añorve (PRI), presidente de la Comisión de Estudios Legislativos de la Cámara Alta.

Con los cambios, a la par del acceso a derechos, las parejas del mismo sexo también adquieren las obligaciones y restricciones contempladas anteriormente en la legislación. Por ejemplo, en el caso de las pensiones del ISSSTE, se perderá el derecho a recibirla:

Cuando la muerte de la o el trabajador o de la o el pensionado acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio o de haber suscrito una unión civil.

Cuando hubiese contraído matrimonio o suscrito una unión civil con la o el trabajador después de haber cumplido éstos los cincuenta y cinco años, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio o unión civil.
Cuando al contraer matrimonio o suscribir una unión civil, la o el pensionado recibía una Pensión de riesgos del trabajo o invalidez, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio o la unión civil.
El Senado aprobó el dictamen por unanimidad. Durante la sesión, el senador Manuel Añorve reconoció que las parejas del mismo sexo han sido excluidas de la protección social. “Yo estoy convencido que los derechos de las y los mexicanos no deben estar sujetos a ningún tipo de prejuicio o discriminación. Por el contrario, todas y todos sin importar sus ideas y preferencias, tienen garantizada su igualdad ante la ley”.

Con información de Gerardo Hernández, El Economista.

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