Home office les ahorra a las empresas 86 mil pesos anuales por trabajador

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que el teletrabajo puede representar ahorros para las empresas por arriba de los 86,000 pesos anuales por empleado, esto sólo si se considera una modalidad de tres días de trabajo remoto.

Esta cifra es parte del análisis del impacto regulatorio del proyecto final de la NOM de Teletrabajo enviado por la dependencia a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). Es decir, una empresa con 100 trabajadores bajo el esquema de trabajo remoto, tendría un ahorro anual de 8.6 millones de pesos, según las estimaciones de la dependencia.

En contraste, los cálculos de la STPS indican que la erogación que harán las empresas para el cumplimiento de la norma será de máximo de 22,362 pesos anuales por trabajador, considerando costos directos e indirectos. Sin embargo, el costo podría ser únicamente de 2,024 pesos anuales si los gastos se limitan a costos directos como toda la documentación que deberán tener las empresas.

“Los costos anteriores se pueden comparar frente a los ahorros que tendría la implementación de estas medidas, tan sólo en el cálculo de ahorro de gastos administrativos (renta de lugar de trabajo, pago de electricidad, internet, agua, etc.). Por día se estima que se ahorra por cada trabajador en promedio 566 pesos. Si calculamos tres días de teletrabajo al año, serían en promedio 156 días al año, y con esta base los ahorros serían de 86,598 pesos al año”, señala la dependencia en el documento.

La NOM de Teletrabajo (NOM-037) es el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud que deben observarse en la modalidad de trabajo remoto para evitar accidentes y enfermedades laborales. En el análisis entregado a Conamer, la STPS descarta que estas condiciones se puedan establecer mediante otros mecanismos alternos como de autorregulación o esquemas voluntarios.

“No se han identificado otras alternativas distintas a la emisión de una norma oficial mexicana para establecer las medidas de seguridad y salud que deben imperar en los centros de trabajo. Además, se reitera que por mandato de Ley, debe emitirse una norma oficial mexicana”, puntualiza.

Una vez que concluya el trámite ante la Conamer, la NOM-037 entrará en vigor a los 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A decir de la Secretaría del Trabajo, los beneficios de la NOM de Teletrabajo para las empresas son:

Menores costos de mantenimiento en gasto como luz, agua, renta, mobiliario, instalaciones, etc.
Aumento de los empleados, reducción de la rotación laboral y disminución del ausentismo laboral
Evitar sanciones por incumplimiento
Aumento de la productividad
Reducción de gastos para viáticos
Mejores plazos para entrega de tareas
Reducción de riesgos psicosociales

Por otra parte, entre las ventajas que tendría la nueva regulación para las personas trabajadoras, la dependencia resalta:

Flexibilidad horaria
Mayor especialización al ejecutar tareas con base en objetivos
Mejora en la calidad de vida
Disminución de los conflictos con los patrones
Ahorro de tiempo al reducirse los traslados al centro de trabajo
Ahorro en gastos para transporte público, alimentación, vestimenta y calzado
Reducción del estrés laboral

En tanto, la dependencia destaca que la modalidad de trabajo remoto puede tener beneficios para el medio ambiente al disminuir el uso de automóviles. “Se podría calcular, si tomamos como referencia que el 20.9% de la población que utiliza su vehículo particular para trasladarse a su trabajo, es decir 7 millones 223, 460 automóviles, esta podría ser la población que pudiera ser beneficiaria del teletrabajo. Por ejemplo, si el 10% de estas personas dejaran de trasladarse, por ser personas teletrabajadoras, al menos 722,000 vehículos dejarían de circular cada día”.

Cómo viene la NOM de Teletrabajo
La última versión del proyecto de la NOM-037 incorpora un rol más activo de las comisiones de seguridad e higiene de las empresas en la supervisión, reconoce que los empleados pueden proponer los lugares donde teletrabajarán para convenirlos con el patrón y se contempla una segunda versión de la lista de verificación para corroborar que las personas mantienen el entorno adecuado para desarrollar sus actividades.

Estos cambios fueron aprobados a principios de marzo por el equipo de trabajo que colaboró con la STPS en el diseño de la norma, luego de incorporar los comentarios enviados por 74 promoventes durante el proceso de consulta pública que se realizó entre julio y septiembre del año pasado.

“Se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar claridad, congruencia y certeza jurídica en cuanto a las disposiciones que aplican en los centros de trabajo”, señala en el proyecto la titular de la STPS, Luisa María Alcalde Luján.

Entre otros cambios, la versión final de la NOM-037 contempla una ampliación de la prevención de los riesgos psicosociales al incorporar como medida las pausas activas durante la jornada laboral, e incorpora la obligación de los empleadores de mantener la confidencialidad de la información proporcionada por los colaboradores a través de la lista de verificación.

La STPS estima que el home office puede beneficiar a 4.2 millones de personas trabajadoras, pero reconoce que las empresas grandes son las que tienen más posibilidad de adoptar este esquema.

Con información de Gerardo Hernández, El Economista.

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