Cuándo se paga y cómo se calcula el aguinaldo
El aguinaldo surgió en la Ley Federal del Trabajo en 1970; ya que antes, algunos patrones daban determinada cantidad de dinero a sus empleados por ser época navideña, pero no era obligatorio, sin embargo, en la reforma de ese año se estableció como obligatorio el pago de esta prestación.
El aguinaldo es un beneficio laboral que debes recibir antes del 20 de diciembre. Si no lo recibes, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o al @CCLCDMX
En @TrabajoCDMX sumamos esfuerzos para que se garanticen tus derechos laborales. #TrabajoEnLaCiudad… pic.twitter.com/qm0E3efQmu— José Luis Rodríguez Díaz de León (@Luis_diazdeleon) December 4, 2023
En México, bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de las o los trabajadores, todos, quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.
¿Quién tiene derecho a recibir aguinaldo y cuándo se paga?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, tienen derecho a recibir aguinaldo todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.
Esta prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Además, se menciona que los trabajadores que hayan laborado por menos de un año tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo trabajado, independientemente de que ya no laboren en la empresa o actualmente estén trabajando para una compañía distinta.
Sobre los empleados contratados por honorarios se destaca que no tienen derecho al pago de aguinaldo, excepto que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento.
El aguinaldo se debe pagar antes del 20 de diciembre.
¿Cómo calcular el aguinaldo de este 2023?
El monto mínimo de pago del aguinaldo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional, pero en el caso de los trabajadores que tenga un salario fijo, el cálculo debe hacerse por día laborado.
Si el monto del salario es variable, se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados.
Para el cálculo del aguinaldo se contemplan los periodos vacacionales; las licencias de maternidad (pre y post natales) y de paternidad; los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo.
Respecto a los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.
Sanciones a empresas o patrones que no paguen el aguinaldo
Es importante destacar que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. El patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
Si los patrones incumplen con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En caso de no recibir el pago de tu aguinaldo, puedes denunciar dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa y de acuerdo a la competencia determinada por la Ley Federal del Trabajo, podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, misma que interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo, quien interpondrá la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Con información de Animal político.↵
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