¿La semana santa tiene días de descanso obligatorio?

De acuerdo con el artículo 74 los días de Semana Santa no aparecen como descanso oficial y obligatorio, no obstante el jueves y viernes santo se dan como festivos en muchas oficinas del país.

El jueves y viernes santo, que este año caen en 28 y 29 de marzo, son fechas que algunas empresas proporcionan de manera voluntaria a sus empleados. Pero no existe una obligación legal para que estos días se otorguen a las personas trabajadoras. Al no ser contemplados por la ley como días de descanso oficial, tampoco habrá pago doble por laborar el jueves y viernes santo, así que es mejor verificar cuales son los días feriados establecidos.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce los siguientes días de descanso obligatorio para las personas trabajadoras para 2024:

Lunes 1 de enero por Año Nuevo
Lunes 5 de febrero por el aniversario de la Constitución
Lunes 18 de marzo por el natalicio de Benito Juárez
Miércoles 1 de mayo por el Día del Trabajo
Domingo 2 de junio por la Jornada Electoral
Lunes 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia
Martes 1 de octubre por la transferencia del Poder Ejecutivo
Lunes 18 de noviembre en conmemoración de la Revolución
Miércoles 25 de diciembre por Navidad.

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