Modalidades 10 o 40 para tener prestaciones, hacer crecer tu pensión y sumar semanas

Estar registrados ante el IMSS, sumar semanas de cotización y mejorar nuestro promedio de pensión es posible aunque no tengamos una relación laboral con un patrón. Dependiendo de cuándo empezaste a cotizar, podrás usar las modalidades 10 o 40 para tener prestaciones, hacer crecer tu pensión y sumar semanas de cotización.

Quien cotizó antes del 97 y busque una mejor pensión, nunca más habrá condiciones tan favorables en ese aspecto”.

Rolando Silva, miembro de la comisión técnica de seguridad social del Colegio de Contadores Públicos de México.

Uno de los derechos que tenemos como trabajadores, y que podemos monitorear y calcular desde muchas herramientas de distintas instituciones, es el ahorro para el retiro. Cuando tenemos un trabajo formal, nuestro patrón descuenta una suma de dinero de nuestra nómina y aporta, junto con el gobierno, otra suma para hacer las aportaciones mensuales.

A lo largo de la vida, puede haber momentos en los que se trabaje de manera independiente, informal o simplemente se desee mejorar el promedio acumulado. Por lo que planear un retiro, y buscar los medios para poder aumentar o continuar con el ahorro en la cuenta Afore, aunque sea de manera propia, debe ser prioridad.

Ante ello, existen dos alternativas que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pone a disposición de aquellos que quieren seguir cotizando y acumulando semanas para su ahorro para la vejez, la modalidad 10 y la modalidad 40. A continuación explicamos cómo funciona cada una, los beneficios que se obtienen y los requisitos necesarios para inscribirse.

Modalidad 10
Esta modalidad tiene como finalidad la inscripción al régimen obligatorio por parte de trabajadores independientes o informales, que no tienen una relación patronal y que por lo tanto, no cotizan ante el IMSS.

Rolando Silva es integrante de la comisión técnica de seguridad social del Colegio de Contadores Públicos de México y recomendó la inscripción a esta modalidad a todos aquellos que quieran cotizar y, además, tener todas las prestaciones que brinda el seguro social.

“Te das de alta ante el seguro social (IMSS), pagas todas tus cuotas y tendrás todas las prestaciones del seguro social, como acumulación de semanas de cotización, aportaciones a los fondos de retiro, atención médica, todo lo que tiene un trabajador”, aclaró Rolando Silva.

Describió que las personas trabajadoras del hogar, artesanos, profesionistas independientes o comerciantes informales son las indicadas para entrar en este esquema.

Para saber cuánto tendrías que pagar y con qué periodicidad, puedes consultar el portal web del IMSS y utilizar la calculadora disponible para la modalidad 10. Ahí te pedirán datos como tu división y grupo principal en el que trabajas, si te encuentras en la zona libre de la frontera norte, y tu ingreso mensual; posteriormente la plataforma te arrojará el monto a pagar de manera mensual, bimestral, semestral o anual.

Modalidad 40
Aquellos que fueron dados de baja por su patrón y quieren aumentar el promedio de semanas cotizadas ante el IMSS y, consecuentemente, aumentar su pensión para la vejez pueden recurrir a la modalidad 40. Es importante destacar, que sólo los que empezaron a cotizar antes del primero de julio de 1997 son elegibles para inscribirse en la modalidad 40.

“Esta modalidad es exclusivamente para aumentar las semanas cotizadas o mejorar la pensión, no otorga ninguna otra prestación al trabajador”, externó Rolando Silva y añadió que las cuotas serán equivalentes a 12.25% del ingreso mensual registrado.

Algo a considerar es que se debe contar con mínimo 52 semanas cotizadas ante el IMSS y, en caso de haber dejado de cotizar cinco años, es necesario reactivarlas trabajando para un patrón o inscribiéndose a modalidad 10 durante un año.

Requisitos necesarios
“En ambos casos necesitarás no estar inscrito ante el IMSS, necesitas tener a la mano tu CURP, RFC y número de seguridad social y con eso podrás hacer el trámite en línea”, subrayó Silva y agregó que en algunas ocasiones es necesario acudir a ventanilla para trámites adicionales.

El monto que deberás de registrar como ingreso mensual, en ambas modalidades, es de entre 7,468 pesos, que es el salario mínimo fuera de la zona libre de la frontera norte y 81,427 pesos, lo que es equivalente a 25 unidades de medida y actualización multiplicado por el número de días del mes. En el caso de la zona libre de la frontera norte, el mínimo ingreso mensual que tendrás que registrar es de 11,246 pesos.

Con información de Jorge Argueta, El Economista.

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