
¿Sabías que un nombramiento solo puede concluir por causas justificadas?
El Artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE) es un pilar fundamental que garantiza la estabilidad laboral y protege los derechos de los empleados del gobierno en México. Este artículo establece de manera clara las causas justificadas por las cuales se puede dar por terminada la relación de trabajo de un servidor público.
📌 ¿Sabías que un nombramiento solo puede concluir por causas justificadas?
Según el Art. 46 de la LFTSE, las personas trabajadoras al servicio del Estado no pueden ser cesadas sin motivo legalmente válido. Conocer tus derechos es clave para ejercerlos.
✅ El @TFCA_mx está para… pic.twitter.com/cHgaCvRyzf— José Luis Rodríguez Díaz de León (@Luis_diazdeleon) June 11, 2025
En esencia, el Artículo 46 busca prevenir despidos arbitrarios y asegurar que cualquier separación laboral esté debidamente fundamentada y apegada a la ley. No se trata de una puerta abierta para que las autoridades despidan sin razón, sino de un marco legal que delimita las situaciones en las que una rescisión es procedente.
Entre las causas que este artículo contempla, se encuentran principalmente aquellas relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del trabajador, como:
Faltas de asistencia y puntualidad injustificadas: Un patrón de ausencias o retrasos sin justificación puede ser motivo de rescisión.
Indisciplina o desobediencia: El incumplimiento de órdenes legítimas o la falta de respeto a los superiores o compañeros.
Faltas de probidad u honradez: Conductas deshonestas, como el robo, fraude o cualquier acto que dañe la confianza en el desempeño de sus funciones.
Violencia o malos tratos: Agresiones físicas o verbales hacia compañeros, superiores o usuarios de los servicios públicos.
Daños intencionales a bienes del Estado: La destrucción o deterioro de propiedad gubernamental.
Revelación de secretos oficiales: La divulgación de información confidencial que pueda perjudicar al servicio público.
Es crucial destacar que, para que una rescisión de la relación laboral sea válida bajo el amparo del Artículo 46, el proceso debe seguir un procedimiento legal estricto. Esto implica que la dependencia o entidad debe notificar al trabajador las causas de la rescisión, otorgarle el derecho de audiencia para que presente sus pruebas y alegatos, y en caso de que la terminación se concrete, indemnizarlo conforme a lo establecido por la ley.
Este artículo, en conjunto con otros preceptos de la LFTSE, busca un equilibrio entre la necesidad de las instituciones de contar con personal eficiente y responsable, y el derecho de los trabajadores a la estabilidad en su empleo y a un trato justo.
En la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria del Pleno del @TFCA_mx dimos seguimiento a promociones, aprobamos laudos y resolvimos registros sindicales …
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