Programa piloto de afiliación al IMSS de trabajadores y repartidores de aplicaciones

Las reglas que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación respecto al programa piloto para la incorporación de trabajadores de plataformas digitales ante el IMSS, es un ejercicio que servirá para analizar los ajustes necesarios al régimen de seguridad social.

El programa piloto forma parte de la reforma laboral para regular el trabajo en las plataformas digitales, misma que obliga entre otras cosas a tener acceso a la seguridad social para las y los repartidores, así como los conductores que obtienen ganancias de al menos un salario mínimo o más, también, serán favorecidos con la protección universal contra accidentes sin importar el nivel de ingresos que se tenga.

Desde el pasado 22 de junio entraron en vigor las nuevas reglas que contiene la reforma a las plataformas digitales. Lo anterior, se da después de 180 días desde que se promulgó dicha ley.

Estas son las ocho claves del programa piloto:

Afiliación inicial de manera universal: Con el arranque del programa piloto se contempla que en el primer mes todos los trabajadores de plataformas digitales estarán asegurados.
Asignación del número de seguridad social: También se creará un número de seguridad social a todos los conductores y repartidores con el cual tendrán acceso a los servicios del IMSS. Por otro lado, las empresas tendrán un registro patronal único y a petición de las compañías un registro a nivel nacional.
Cálculo de las cuotas: Otro de los puntos del programa es que el patrón deberá cubrir las cuotas obrero-patronales a más tardar el día 17 de cada mes, mientras que los movimientos afiliatorios deberán presentarse en los primeros cinco días del mes.
Salario base de cotización: En este apartado se plantea que los trabajadores de plataformas digitales se ajustará el salario base de cotización, para lo cual deberán presentar los movimientos afiliatorios respectivos.
Seguro de riesgo de trabajo: El programa piloto indica que, en materia de la prima del seguro de riesgos de trabajo, se tendrá la obligación de revisar anualmente la siniestralidad del registro patronal, además, se reconocen los riesgos del trabajo de plataformas digitales.
Los pensionados: De acuerdo con el plan, el colaborador que esté recibiendo alguna pensión seguirá obteniendo dicha prestación con independencia de su aseguramiento, en su caso, como persona trabajadora de plataformas digitales. Además, los trabajadores que se encuentren inscritos por el esquema de continuación voluntaria o modalidad 40, no perderán ese beneficio.
Inicio de la prueba: El proyecto indica que las reglas entrarán en vigor el 1 de julio de 2025. Además, el IMSS tendrá 180 días naturales contados a partir de la publicación de las reglas, para que a partir de los resultados se preparen las iniciativas que definirán los aspectos de cumplimiento de las obligaciones, las cuales serán presentadas ante el Poder Legislativo para su discusión.
Atenciones a los no derechohabientes: El programa señala que los trabajadores independientes que hayan usado alguna prestación de la seguridad social deberán de registrarse y cubrir las cuotas obrero-patronales a razón de un salario mínimo.
Algunos cambios con la reforma de plataformas digitales

La reforma laboral para regular el trabajo en plataformas digitales contiene dentro de sus reglas la formalización mediante contratos de trabajo, de la relación laboral que tienen las empresas como Didi, Rappi y Uber con los conductores y repartidores.

En ese sentido, otro de los cambios que se estipulan es que se mantiene la flexibilidad sobre el tiempo que utilizan los trabajadores las plataformas, sin exigirles horas de entrada o salida de la aplicación.

Por otro lado, la reforma contiene las reglas para la asignación de tareas, servicios, obras o trabajos a través de una política de gestión algorítmica, misma que deberán conocer los trabajadores para entender los criterios del algoritmo, su impacto en el empleo, así como incentivos y penalizaciones.

En tanto, las reglas también garantizan derechos como prohibir que las plataformas cobren por el uso de la aplicación; tampoco se cambia el régimen fiscal y se mantienen las reglas de ISR e IVA; además contienen protocolos contra acoso y hostigamiento.

Uno de los puntos que tiene la reforma es que los repartidores y conductores de plataformas digitales que realicen más de 288 horas efectivas de trabajo anuales podrán contar con la prestación del reparto de utilidades.

“Lo que estamos buscando, además con los objetivos de esta reforma, es que se garantice los derechos sin quitarle a las personas trabajadoras la libertad de elegir cómo, cuándo y cuánto tiempo trabajar, este es uno de los elementos más importantes que además solicitaban los trabajadores”, dijo hace unos días el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, durante una de las conferencias mañaneras en Palacio Nacional.

Con información de Eduardo de la Rosa, El Economista.

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