Dudas de los lineamientos que emitirá la STPS sobre la Ley silla

La cuenta regresiva está corriendo, la Ley Silla otorgó un plazo de 30 días para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita la normatividad sobre los riesgos laborales asociados con las actividades que se realizan de pie por tiempos extensos. La expectativa es que los lineamientos de la dependencia despejen dudas sobre los periodos de descanso o características de las sillas.

“Los lineamientos deben establecer las características de las sillas con respaldo, los tiempos de descanso, si se establecerá un mínimo de sillas para un determinado grupo de trabajadores, estas dudas que no quedaron claras en el texto de la reforma, es lo que esperamos que contengan estos lineamientos”, afirma Jacqueline Álvarez, socia de People Advisory Services – Labor & Employment de EY México.

La Ley Silla es una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que reconoció el derecho al descanso durante la jornada laboral. El objetivo de la modificación es prevenir riesgos asociados con trabajar de pie por tiempos extensos, las nuevas disposiciones están dirigidas principalmente a centros de trabajo del sector de comercio, servicios y análogos, en el caso de la industria, las reglas serán aplicables sólo si la naturaleza de las actividades lo permite.

Aunque la nueva regulación prohíbe estar de pie la totalidad de la jornada laboral y obliga a los empleadores a otorgar sillas con respaldo para el descanso periódico, dejó dudas sobre ¿Cuánto tiempo debe durar el reposo? ¿Cuál es la frecuencia de las pausas? ¿Qué cantidad de asientos se necesitan? ¿Hay actividades que requieren más descanso? Sólo por citar algunos ejemplos.

“Esperaría que la Secretaría del Trabajo nos dé más información sobre si las sillas con respaldo deben cumplir con ciertas características, eso ha sido una duda recurrente, y también si habrá alguna métrica de tiempo, y que se identifiquen esos factores de riesgo por la falta de descanso”, apunta Jimena Sánchez Argoytia, socia de Employment Legal Aid.

Las especialistas en derecho laboral coinciden en que también los lineamientos de la STPS sobre la Ley Silla podrían tener como referencias Normas Oficiales Mexicanas. Aunque, dado el plazo que se otorgó, no podría esperarse una nueva NOM.

A diferencia de la NOM-037, la cual sí describió las características de una silla ergonómica, ya que la reforma de teletrabajo sí la estableció como obligación, en los lineamientos que acompañarán la Ley Silla no tendría que describirse un asiento ergonómico, ya que en este caso su objetivo es para el reposo periódico, no como herramienta de trabajo.

“Confío en que se acote a la Ley y sólo se mencione “la silla”, porque hay una gran diferencia entre una silla ergonómica y una con respaldo, esta última no tiene como finalidad que se desarrolle toda la jornada laboral, sólo tiene como fin que se descanse un tiempo, y esa es una distinción importante”, puntualiza Jacqueline Álvarez.

¿Qué le toca a la empresa, con o sin lineamientos?
Sin embargo, aunque la expectativa es que los lineamientos de la Secretaría del Trabajo den más claridad sobre el tipo de sillas, los tiempos de descanso y los riesgos, las especialistas coinciden en que hay aspectos que las empresas tienen que definir por su cuenta.

Para Jimena Sánchez, uno de esos elementos es la identificación de puestos de trabajo que requieren los descansos periódicos, incluso en industrias donde podría considerarse que la Ley Silla no se aplicará, es importante analizar si hay posiciones que sí puedan tener acceso a las pausas.

“La empresa tiene que definir sobre todas las posiciones que tienen, cuáles ya prestan sus servicios en un asiento con respaldo y cuáles no, porque ahí es donde hay necesidad de adecuar la normativa interna, el primer ejercicio es el marco de posiciones; posteriormente, evaluar si se pueden prestar los servicios sentados y luego identificar al sector al que se pertenece. En mi opinión, casi todos los sectores están en condiciones de otorgar descansos”, dice la especialista.

Jacqueline Álvarez comparte esa opinión y además de identificar los puestos de trabajo en los que aplica la Ley Silla, definir los espacios donde se tomarán los tiempos de descanso.

Un aspecto importante que ya deben tomar en cuenta las empresas, agrega la especialista, es el mecanismo para comprobar que se otorgaron los descansos, los cambios en el reglamento interno de trabajo y la capacitación tanto al equipo de líderes como a los colaboradores.

A partir de la entrada en vigor, la reforma laboral otorgó un plazo de 180 días para que las empresas adecuen su normativa interna, eso incluye los reglamentos internos de trabajo. Ese periodo vence el 14 de diciembre de este año.

La Ley Silla estableció que el tiempo y uso de los asientos será regulado a través de los reglamentos internos de trabajo.

Con información de Gerardo Hernández, El economista.

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