Cómo cumplir con la NOM-036 sobre factores de riesgo ergonómicos en el trabajo
La aplicación de la norma referente a los riesgos ergonómicos en el trabajo fue aplazada a petición de los patrones, ya que tienen varios procesos por implementar y documentar, pero a partir de marzo ya es exigible.
En marzo de este año entró en vigor la NOM-036 sobre factores de riesgo ergonómicos en el trabajo, una regulación para mejorar la seguridad y salud de los trabajadores en tareas que implican el manejo manual de cargas. Estas son las obligaciones de las empresas al hacerse efectiva su aplicación.
La Organización Mundial del Trabajo (OMS), ha documentado que la importancia de prevenir los trastornos musculoesqueléticos, ya que comprenden más de 150 afectaciones al sistema locomotor.
Estos padecimientos abarcan desde trastornos repentinos y de corta duración como fracturas, esguinces y distensiones, a enfermedades crónicas que causan limitaciones de las capacidades funcionales e incapacidad permanentes.
Según un análisis reciente de los datos relativos a la carga mundial de morbilidad, aproximadamente 1,710 millones de personas en todo el mundo tienen trastornos musculoesqueléticos.
De todos los trastornos musculoesqueléticos registrados a nivel global, las fracturas representan el 25.4%, la artrosis equivale al 20.0% de los casos, los dolores de cuello son el 12.9% del universo y las amputaciones concentran el 10.2 por ciento.
La tendencia en México es similar. Al menos 24.7% de las enfermedades de trabajo se relaciona con trastornos musculoesqueléticos, y de modo directo, con problemas de ergonomía del puesto de trabajo, según la Memoria Estadística del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De hecho, las dorsopatías se presentan como casos agudos de latencia larga y discapacitante en muchos casos. Sin embargo, las causas en el trabajo generalmente son previsibles con un esquema de vigilancia de los factores de riesgo ergonómico en los puestos de trabajo, así como una política de la prevención y rotación de turnos, refiere el Instituto.
Las 6 obligaciones que tienen los patrones con la NOM-036
De acuerdo con Norma 036, estas son las obligaciones de los patrones en prevención de riesgos ergonómicos:
» 1. Análisis de riesgo
Tener el análisis de los factores de riesgo ergonómico en el manejo manual de cargas, este diagnóstico deberá contar con los siguientes elementos:
Identificación de las actividades más expuestas a riesgos ergonómicos por el manejo manual de cargas, es decir, que implique levantar, bajar, transportar, empujar, jalar y estibar materiales
Estimación simple del nivel de riesgo o evaluación rápida de las actividades identificadas
Evaluación específica del nivel de riesgo, cuando el resultado de la evaluación rápida no permita determinar el nivel de riesgo o condiciones aceptables o cuando a pesar de la implementación de medidas correctivas siga existiendo algún peligro para el trabajador.
Los centros de trabajo podrán aplicar una evaluación específica directamente, en ese caso no será necesario realizar la estimación simple del nivel de riesgo.
» 2. Medidas de prevención
Adoptar medidas de prevención y control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico en el centro de trabajo debido al manejo manual de cargas.
En primera instancia, las actividades deberán ser realizadas por trabajadores que cuenten con aptitud física avalada por un médico o a través de una institución de seguridad social o privada.
Para desarrollar actividades que involucren manejo manual de cargas, se requiere un procedimiento de seguridad que contemple:
Descripción de la técnica adecuada para realizar las actividades de forma segura, considerando la fuerza aplicada, distancias, frecuencia, duración y posturas
Medidas de seguridad y, en su caso, de control que se deberán aplicar en el desarrollo las actividades
Características de la carga, por ejemplo, dimensiones, agarre, forma, peso, estabilidad
Condiciones del ambiente que puedan incrementar el esfuerzo del trabajador y/o generar una situación de peligro
Trayectoria para el transporte de las cargas; por ejemplo, si es subiendo o bajando escaleras, rampas inclinadas, plataformas, vehículos, tránsito sobre superficies resbalosas o con obstáculos que puedan generar riesgo de caídas.
Características de materiales que se manejen, con énfasis en los peligrosos tales como: tóxicos, irritantes, corrosivos, inflamables, explosivos, reactivos, con riesgo biológico, temperatura elevada o abatida, entre otros.
» 3. Vigilancia
Efectuar la vigilancia a la salud de los trabajadores ocupacionalmente expuestos, esto incluye:
Proporcionar la ropa y el equipo de protección personal
Medidas de seguridad para el levantamiento y transporte de cargas
Medidas de seguridad para empujar o jalar de cargas, con o sin ayuda de equipo auxiliar.
» 4. Ofrecer capacitación
Proporcionar capacitación al personal ocupacionalmente expuesto sobre los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro, y en su caso, en las medidas de prevención y control.
En el caso de los trabajadores más expuestos a los factores de riesgo ergonómico, el entrenamiento deberá tener énfasis en la prevención de riesgos y con base en las tareas asignadas.
La capacitación consiste en una instrucción teórica, entrenamiento práctico y evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos. Esta formación se tiene que reforzar por lo menos cada dos años.
» 5. Informar sobre consecuencias
Comunicar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas.
» 6. Registros de medidas
Tener los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos practicados.
NOM-036, un impacto positivo
Se espera que esta norma tenga impacto especialmente positivo en sectores donde los riesgos físicos son más frecuentes, como el transporte, la industria cementera y hasta la molinera, refiere la firma de evaluaciones ergonómicas Ergo/IBV.
La Norma 036 es de carácter preventivo y tiene por objeto la identificación, análisis, prevención y control de los factores de riesgo ergonómico.
La regulación aplica en todo el territorio nacional y es obligatoria en todos los centros de trabajo donde se realicen tareas de manejo manual de cargas de peso igual o superior a tres kilogramos de forma cotidiana; es decir, más de una vez al día. Por lo tanto, al menos 14,000 centros de trabajo en todo el país deben implementarla, indica Ergo/IBV.
Esta norma tuvo una prórroga en su entrada en vigor debido a la pandemia de Covid-19, pero a partir de marzo del 2024, ya es exigible para las empresas.
Con información de Sonia Soto, El Economista.↵
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