Multas a empresas que impidan a empleados salir a votar el 2 de junio
Por Ley, las empresas deben permitir que sus trabajadores tomen un tiempo para acudir a las casillas a ejercer su voto. Trabajar el día de las elecciones no implica perder el derecho a participar.
El domingo 2 de junio se celebrará la jornada electoral en la que -entre otros cargos- se elegirá a la nueva o nuevo titular del Poder Ejecutivo. La Ley Federal del Trabajo (LFT) obliga a los empleadores a conceder el tiempo necesario a sus trabajadores para salir a votar, y también establece una sanción específica por este incumplimiento.
De acuerdo con la legislación laboral, las empresas que impiden a sus empleados acudir a las casillas a votar, cuando esta actividad coincide con su horario laboral, pueden recibir una sanción que va de los 5,428 a los 162,855 pesos.
Esta multa -al igual que otras sanciones laborales- se puede fijar por cada trabajador afectado; es decir, el monto se multiplicaría por todos los empleados a los que se les haya negado el tiempo para ejercer el voto.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) es la autoridad encargada de fijar las multas a las empresas que incumplen con la normatividad, este procedimiento se realiza después de corroborar una violación al marco legal a través de una inspección. Esta vigilancia puede derivar de una denuncia anónima a través del correo electrónico [email protected].
Las personas que laboran durante la jornada electoral no pierden su derecho al sufragio. En ese sentido, los empleadores deben organizarse con sus colaboradores para permitir que el personal participe.
“Se pueden establecer turnos escalonados o acordar con el personal, el que la entrada al trabajo sea horas después de la apertura de las casillas, o que la salida sea antes del cierre de éstas”, sugirió Estefanía Rueda, socia de la firma legal Littler.
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) recomienda a las empresas otorgar un permiso de dos a tres horas al inicio de la jornada laboral para que sus colaboradores acudan a votar.
“Pedimos a empresarios y patrones que respeten sus derechos político-electorales y fomenten que sus colaboradores y trabajadores acudan a las urnas”, exhortó el organismo empresarial a través de un comunicado.
Además de conceder el tiempo para acudir a las casillas electorales, los empleadores pueden incentivar la participación ciudadana ofrecer beneficios a los empleados que demuestren que ejercieron su voto, expuso Estefanía Rueda.
La promoción de la participación ciudadana con incentivos es una alternativa que tienen las empresas, siempre y cuando no se condicione el voto a un partido político o candidatura. “Los empleadores tienen la obligación de fomentar el voto entre sus colaboradores, más no incidir en el sentido de este, ya que el voto debe ser libre, directo y secreto”, subrayó la Coparmex.
El pago triple
Pero el permiso para participar en la jornada electoral no es el único escenario legal para quienes laboran el día de la elección, la Ley Federal del Trabajo reconoce esta fecha como día de descanso obligatorio. El objetivo es incentivar la participación ciudadana en los comicios.
Sin embargo, como el resto de los días de descanso obligatorio, la legislación laboral también prevé que las personas trabajen a cambio de una compensación adicional.
En ese tenor, los trabajadores que presten sus servicios deben recibir su salario más una compensación equivalente a dos sueldos diarios, esto en términos prácticos se traduce en un pago triple.
Además, al coincidir en domingo, las personas que trabajan el día de las elecciones también deben recibir una prima dominical igual al 25% del salario diario percibido.
El 2 de junio están convocadas a votar más de 98 millones de personas, en total se elegirán 20,708 cargos tanto a nivel federal como local, el más relevante es la Presidencia de la República.
Con información de Gerardo Hernández, El Economista.↵
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