Iniciativa para modificar artículos de la Ley Orgánica de Alcaldías

Las Alcaldías crearán un micrositio en su página oficial, con el objeto de impulsar a las micro, pequeñas y medianas empresas, fomentando el comercio y consumo de productos y servicios de la deimpulsar marcación.

Las micro, pequeñas y medianas empresas que soliciten la incorporación al micrositio de la Alcaldía deberán estar registrados en el padrón.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 43 BIS, 43 TER Y 43 QUÁTER Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 50 Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

DIP. ISABELA ROSALES HERRERA 

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL  

CONGRESO DE LA CIUDAD DE MEXICO, I LEGISLATURA.  

P R E S E N T E 

El que suscribe, diputado José Luis Rodríguez Díaz de León integrante del Grupo  Parlamentario MORENA, en el Congreso de la Ciudad de México, segundo periodo  de receso del segundo año de ejercicio de la I Legislatura, con fundamento en lo  dispuesto por los artículos 30, numeral 1, inciso b) de la Constitución Política; 12  fracción II de la Ley Orgánica; y 5, fracción I, 95, fracción II y 96 del Reglamento del  Congreso, todos ordenamientos de la Ciudad de México, someto a la consideración  de este órgano legislativo la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO  POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 43 BIS, 43 TER Y 43 QUATER,  Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE  LA CIUDAD DE MÉXICO, al tenor de los apartados siguientes:

  1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA QUE LA INICIATIVA PRETENDE RESOLVER: 

El fomentar el comercio electrónico en la actualidad es de vital importancia dado las circunstancias que se han generado producto de la pandemia por SARS-Co-V2, ya que propicia la activación económica en la ciudad y a su vez genera beneficios para los consumidores, pues proporciona una mayor competencia y nuevas opciones respecto de variedad y medios de acceso a productos, servicios, información y contenidos. “De igual modo, proporciona a los consumidores a través de novedosas y ágiles herramientas de interacción con proveedores y de intercambio de información entre consumidores.

No obstante, el uso de la tecnología debe garantizarse la seguridad en el ciberespacio teniendo como eje una perspectiva basada en los derechos humanos de los usuarios y considerando el punto de vista de todos los involucrados para que se realicen transacciones seguras al tiempo de poder ejercer derechos y libertades en línea. Sobre todo, toda medida a emprenderse en la materia deber salvaguardar en todo momento la libertad de expresión, la libertad de asociación y la privacidad de todos los usuarios de Internet.”1

Motivo por el cual es importante continuar y profundizar los esfuerzos de un gobierno más abierto, participativo y ágil para toda la ciudadanía, fomentando el uso de las tecnologías para que desde los distintos sectores se pueda hacer un uso productivo de los mismos, que ayude a la activación del comercio local, impulsando la digitalización de las pequeñas y medianas empresas que así lo soliciten para poder llevar sus productos al comercio electrónico ya que la innovación digital crea oportunidades para nuevos modelos y mercados de negocios, impulsando la transformación en toda la economía y la sociedad, incluidos los puestos de trabajo y el comercio.

En razón a lo expuesto la presente iniciativa busca fomentar el comercio local a través de los portales de las Alcaldías, en donde se puedan ofrecer diversos servicios, productos e información que ayude al consumo local de cada demarcación.

  1. PROBLEMÁTICA DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO: 

De acuerdo con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres,  específicamente los artículos 5, fracciones III y IV; 9, fracciones IV y V; 14 y 18, la  perspectiva de género define una metodología, mecanismos que permiten  identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las  mujeres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los  factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la  construcción de la igualdad de género, no obstante la presente iniciativa es de  carácter procedimental, sin transgredir o hacer una comparación discriminatoria  entre mujeres y hombres.

III. ARGUMENTOS QUE LA SUSTENTAN: 

El internet es un sistema abierto, descentralizado, colaborativo y multi participativo. En este sentido, es importante avanzar hacia un escenario en el que la toma de decisiones de gobernanza del mismo haga eco de ese espíritu.2

“La transformación digital desafía de forma progresiva cada aspecto de la economía y la sociedad, lo que requiere considerar muchas áreas de políticas diferentes de forma simultánea en un enfoque integrado, como se identifica en un informe de 2017 para el Consejo de la OCDE a nivel ministerial, las acciones clave para desarrollar un marco de políticas integradas son asegurar que las bases para la transformación digital estén implementadas y que las políticas en todas las áreas permitan la transformación digital de la economía y la sociedad.

Esto proporciona indicadores que se está desarrollando en el marco del proyecto de la OCDE “Pasando a la tecnología digital: haciendo que la transformación funcione para el crecimiento y el bienestar.” Estos indicadores pueden ayudar a evaluar el estado de un país en relación con los fundamentos de la economía digital y su capacidad para aprovechar los beneficios de la transformación digital. Estos indicadores evolucionaran a medida que se obtengan nuevos conocimientos del trabajo en curso sobre medición, análisis económico y evaluación de políticas. Se desarrollarán indicadores adicionales para evaluar la coherencia de las políticas y el desarrollo de la estrategia en el contexto del proyecto pasando a la tecnología digital.”3

La coordinación entre actores públicos y privados para el diseño, despliegue e implementación de políticas públicas que tengan como prioridad el desarrollo y expansión de la economía digital es necesaria para obtener un mayor aprovechamiento de la tecnología en beneficio de las sociedades, pues debe existir una coordinación entre personas, empresas y gobiernos para que el uso de las nuevas tecnologías de como resultado un beneficio a los sectores tradicionales.4

Sin embargo “la era digital no ocurre de forma aislada, está conformada y contribuye a dar forma a la economía y la sociedad en general como un todo. Las políticas del marco desempeñan un papel importante para garantizar que existan las condiciones para que se desarrolle la transformación digital. El comercio abierto y los regímenes de inversión crean nuevas vías para actualizar rápidamente las tecnologías y habilidades, y aumentar la especialización. Los mercados financieros abiertos y eficientes ayudan a asignar recursos financieros a las empresas que invierten en la transformación digital, mientras que los mercados de productos competitivos fomentan el bienestar del consumidor, permiten que las nuevas empresas desafíen a las existentes, que las empresas eficientes crezcan y que las ineficientes salgan. Los mercados laborales que funcionan bien pueden respaldar el inevitable cambio estructural. En términos más generales, las políticas macroeconómicas sanas ayudan a reducir la incertidumbre y a crear un entorno propicio para el crecimiento de la economía digital.”5

El uso de internet y la tecnología en la actualidad han cambiado radicalmente la dinámica de nuestras vidas, en el caso de México es una herramienta crucial para que pueda desarrollar su economía digital y avanzar hacia un futuro más próspero para todos los mexicanos. sin embargo, esto depende de la capacidad de capitalizar este potencial a través de la existencia de un marco regulatorio, que fomente la creatividad y la innovación al mismo tiempo, protegiendo los derechos y libertades de los ciudadanos.6

“Como en otros ámbitos, el internet y las nuevas tecnologías están transformando hábitos de consumo y brindando nuevas oportunidades y opciones para consumidores y sectores productivos. A través del comercio electrónico se posibilita el acceso al mercado por parte de vendedores y consumidores que en otras condiciones estarían imposibilitados de concretar sus transacciones debido a la existencia de barreras geográficas, sociales, económicas e idiosincráticas.”7

En México para el desarrollo de la economía digital el comercio electrónico representa un elemento fundamental que debe aprovecharse, de acuerdo a las recomendaciones de diversas organizaciones internacionales, para que micro, pequeñas y medianas empresas puedan incorporarse a la economía formal e insertarse en la economía global, y para que nuevos emprendedores puedan integrarse de manera más sencilla al entorno digital.

Debido a que el comercio electrónico genera mayores opciones de variedad en un sin número de productos, servicios, información y contenido, es importante fomentarlo, ya que a su vez los consumidores obtienen beneficios en vista de que se ofertan y existe una mayor competencia.

Así mismo, dota a los consumidores a través del uso de novedosas y agiles herramientas de interacción con proveedores y de intercambio de información entre consumidores. De acuerdo con el Estudio de Comercio Electrónico en México 2018, el 60% de los usuarios compraron algún producto o servicio en línea en los últimos tres meses.

A diferencia de los compradores anuales en México, que representan el 75% de los usuarios mayores de 18 años en el país.

El 54% de los hombres que compraron algún servicio o producto en línea en los últimos tres meses, se encuentran en el rango de 25 a 44 años de edad.

De la misma manera 4 de cada 10 mujeres que compraron algún servicio o producto en los últimos tres meses se encuentran en el segmento de 25 a 34 años.9

“Esta nueva forma de comercializar bienes y servicios simplifica las transacciones y ofrece oportunidades de emprendimiento a miles de personas que obtienen nuevas fuentes de ingresos o complementan la que ya tienen. Sin dejar de velar por el interés de los consumidores es necesario promover políticas públicas que aprovechen estas oportunidades y garantizar que no se levanten nuevas barreras que inhiban la innovación, lo que redundará en una mayor y mejor oferta, calidad y servicio.”10

Al implementar el uso de internet es importante contemplar diversos escenarios que consideren las perspectivas y problemáticas del gobierno, sociedad civil, sector privado, entre otros con la finalidad de otorgarles voz y entidad a cada sector.

Por tal motivo es necesario promover políticas públicas que aprovechen estas herramientas que crean oportunidades, garantizando que no se inhiban la innovación, lo que conlleva a una mayor y mejor oferta, calidad y servicio.

Para que la transformación digital sea posible, es preciso que se sume a esta el uso de la tecnología, condiciones de mercado y buenas políticas públicas, ya que la conectividad es la base para el desarrollo de Internet y la economía digital.

“La conectividad tiene el potencial de transformar sociedades y economías, pero es necesario sentar las bases de una infraestructura capaz de soportar el desarrollo de nuevas tecnologías. Por lo tanto, resulta indispensable que las autoridades establezcan las condiciones para facilitar el despliegue de la infraestructura de telecomunicaciones en México.

A pesar de las reformas estructurales impulsadas en los últimos años, en México persiste una alta concentración de mercado en el sector telecomunicaciones.”11

El desarrollo del comercio electrónico, la economía digital y los beneficios para los consumidores debe tener garantía de que la información personal de los consumidores está protegida y es usada en forma legítima, ya que la protección de la privacidad y de los datos personales de los particulares es uno de los mayores retos de la era de la información.12

De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en la Ciudad de México operan 466 mil 301 unidades económicas, lo cual la ubica como la segunda entidad federativa con mayores establecimientos económicos del país, de las cuales 427 mil 522 son microempresas, lo que representa el 92% y 29,069 son pequeñas empresas, representando el 6%.

Lo cual indica que las microempresas son las que generan más empleos en la capital, pues estas concentran el 51% del empleo de la Ciudad, mientras que las grandes empresas generan el 32% de los empleos y el 3% y 14% las pequeñas y medianas empresas respectivamente.

La crisis causada por el COVID-19 ha generado problemáticas, no solamente sanitarias, sino también económicas, las microempresas disminuyeron considerablemente sus ventas ya que son uno de los principales motores de la económica de la capital, pues estas aportan el mayor número de unidades económicas, debido a esto resulta importante tomar las medidas que han causado un desequilibrio económico.13

“El comercio electrónico es un beneficio para las pymes, en medio de la pandemia de coronavirus (COVID-19), la cual ayuda a las empresas a que apuesten por la digitalización. De acuerdo con el gerente comercial para América Latina de Totvs, es esta transformación la que podría salvarlas de la extinción más que solo apostar por formas tradicionales de trabajo, de venta y compra.

El reto más grande es para las empresas que no tenían forma de vender en línea y que a partir de esta crisis tuvieron que entrar al comercio electrónico y hacerlo de una forma casi inmediata.”14

Actualmente el consumidor mexicano está experimentando diferentes etapas para tomar las decisiones de compra, desde compras proactivas y reactivas para la prevención de contagio, en donde se detecta un incremento en la compra de canasta básica.15

Dado que los gobiernos promueven los servicios de administración electrónica con los particulares, proporcionando un acceso abierto a la información del sector público comunicándose cada vez más directamente con los ciudadanos a través de las redes sociales, es importante que también se aprovechen las ventajas de las aplicaciones digitales, fomentando el comercio local reactivando la economía en la Ciudad.

En virtud de lo antes mencionado la presente iniciativa tiene como objeto que las micro y pequeñas empresas utilicen herramientas tecnologías de la información e internet para mantener y ofrecer la oferta de sus productos y servicios a la población, a través de una plataforma gratuita que sirva de apoyo para las economías locales, fortaleciendo las ventas y la reactivación económica.

  1. FUNDAMENTO LEGAL Y EN SU CASO SOBRE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD: 

La Constitución Política de la Ciudad de México establece en el artículo 16, apartado F, establece que las autoridades facilitarán a sus habitantes el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación a fin de asegurar su integración a la sociedad del conocimiento y el ejercicio de los derechos reconocidos.

La conectividad será ofrecida en condiciones de eficiencia, calidad y alta velocidad que permitan consolidar una ciudad digital con acceso universal, equitativo, asequible y progresivo.

El artículo 17, apartado B, Constitucional refiere que la política económica tendrá como objetivo el aumento en los niveles de bienestar de la población, la promoción de la inversión y la generación de empleos, respetando los derechos y promoviendo la expansión de las libertades económicas, la reducción de la pobreza y la desigualdad, el desarrollo sustentable y la promoción de la competitividad de la ciudad. Se realizará bajo la rectoría gubernamental en estrecha coordinación con los agentes económicos de la Ciudad y en el marco del régimen democrático, procurando la más amplia participación ciudadana.

Las autoridades de la Ciudad podrán establecer plataformas y mecanismos de financiamiento en apoyo a las y los ciudadanos o a las organizaciones sociales que desarrollen comunidades digitales.

La Constitución Local establece en el artículo 53, apartado A, lo referente a la integración, organización y facultades de las alcaldías en las que se encuentran en sus fracciones XIV, XXIII, Alcaldía digital; elaborar, digitalizar y mantener actualizado el padrón de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y otorgar los permisos, licencias y autorizaciones de funcionamiento de los giros y avisos, con sujeción a las leyes y reglamentos aplicables.

La Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México en el artículo 5 reconoce el derecho de las Personas para relacionarse y comunicarse con la Administración Pública y las Alcaldías, mediante el uso de medios electrónicos y tecnologías de la información y comunicación de uso generalizado.

El artículo 7 de la Ley en comento menciona que la Administración Pública y las Alcaldías de manera progresiva y cuando corresponda, deben garantizar a las Personas el establecimiento y la prestación de los servicios digitales, comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley, debiendo para tal efecto utilizar medios electrónicos para recabar la información de las Personas a través de la infraestructura que integre el Riel de Interoperabilidad; reconocer y aceptar el uso del Autenticador de todas las Personas según lo regulado en la presente Ley; garantizar la disponibilidad e integridad de la información en los servicios digitales; facilitar el acceso a la información requerida por otro ente de la Administración Pública o de las Alcaldías a través del Riel de Interoperabilidad, respecto a los datos y archivos de las Personas que obren en su poder y se encuentren en soporte electrónico; implementar servicios digitales haciendo un análisis de los sistemas disponibles y rediseño funcional; implementar la funcionalidad de pago de impuestos, aprovechamientos, autogenerados, servicios, derechos y demás trámites de la Administración Pública y las Alcaldías a través de Canales Digitales; y las demás establecidas en la normatividad aplicable.

Corresponde a las Delegaciones elaborar, digitalizar y mantener actualizado el padrón de los establecimientos mercantiles que operen en sus demarcaciones, el cual, deberá publicarse en el portal de Internet de la Delegación, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

De conformidad con el artículo 32, fracción IX de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México , las atribuciones exclusivas de las personas titulares de las Alcaldías en materia de obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, son elaborar, digitalizar y mantener actualizado el padrón de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y otorgar los permisos, licencias y autorizaciones de funcionamiento de los giros y avisos, con sujeción a las leyes y reglamentos aplicables.

El artículo 43, fracción IV de la Ley en comento, establece las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías en materia de desarrollo económico y social, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, son establecer y ejecutar en coordinación con el Gobierno de la Ciudad las acciones que permitan coadyuvar a la modernización de las micro, pequeñas y medianas empresas de la demarcación territorial.

Asimismo, el artículo 121 de la Ley referida, cita que las Alcaldías en términos de la presente ley, participarán con la jefatura de gobierno en el diseño y despliegue de una agenda digital incluyente para la Ciudad.

Las acciones y políticas públicas orientadas a la apertura gubernamental a fin de contribuir a la solución de los problemas públicos, se organizarán a través de los instrumentos ciudadanos participativos, efectivos y transversales que definan las leyes sobre participación ciudadana, sobre gobierno electrónico y demás disposiciones aplicables, en donde se establecerán los mecanismos para su cumplimiento. Para garantizar el acceso a los derechos para las personas con discapacidad se deberán contemplar ajustes razonables, proporcionales y objetivos, a petición del ciudadano interesado, de conformidad con el artículo 123 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

  1. DENOMINACIÓN DEL PROYECTO DE LEY O DECRETO: 

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 43 Bis, 43  Ter y 43 Quater, y se reforma el artículo 54 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la  Ciudad de México.

  1. ORDENAMIENTOS A MODIFICAR: 

Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de este H.  Congreso el siguiente Proyecto de Decreto por el cual se reforma la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, para quedar como sigue:

 

Artículo 43 Bis. Con la finalidad de llevar a cabo lo establecido en la fracción IV del artículo anterior, las Alcaldías crearán un micrositio en su página oficial, con el objeto de impulsar a las micro, pequeñas y medianas empresas, fomentando el comercio y consumo de productos y servicios de la demarcación.

Artículo 43 Ter. Las micro, pequeñas y medianas empresas que soliciten la incorporación al micrositio de la Alcaldía para la difusión de los productos y servicios a ofrecer, deberán estar registrados en el padrón al que se refiere el artículo 32, fracción IX.

Artículo 43 Quater. Las publicaciones del micrositio establecido en el artículo 43 Bis, deberá contener lo siguiente:

I. Nombre del establecimiento;

II. Tipo de producto o servicio;

III. Dirección o ubicación georreferenciada;

IV. Teléfono, y

V. Métodos de pago.

 

 

Artículo 54. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías en materia de alcaldía digital, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, son las siguientes:

I. Participar con la Jefatura de Gobierno en el diseño y despliegue de una agenda digital incluyente para la Ciudad;

II. Contribuir con la infraestructura de comunicaciones, cómputo y dispositivos para el acceso a internet gratuito en espacios públicos; y

III. Ofrecer servicios y trámites digitales simplificados a la ciudadanía.

IV. Difundir a través de la página web de la Alcaldía, los servicios, productos e información que ofrecen las micro, pequeñas y medianas empresas de la demarcación territorial, a solicitud de estas.

TRANSITORIOS 

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. Remítase a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Dado en el Recinto Legislativo de Donceles, a 3 de agosto de 2020.

“2020, año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria” 

________________________________________

DIP. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN 

VICECOORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO MORENA 

 

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